REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DUODÉCIMO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA





JUZGADO DUODECIMO DE CONTROL
Maracaibo, 10 de Agosto de 2008
198° y 149°


DECISION N° 5164-08 CAUSA N° 12C-18.510-08


Vista la solicitud presentada por la ABOG. JANNA PATRICIA SOLANO GONZALEZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar Vigésima Octava del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con categoría de Proceso y Competencia en defensa Integral del Ambiente y Delito Ambiental; mediante la cual solicita la Libertad Plena de los ciudadano JHORWIN STMITH ROGORES BALLESTEROS y ALEXANDER REVEROL, de conformidad con lo establecido en el articulo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; este Tribunal para resolver hace las siguientes consideraciones:

En fecha 08-08-2008, siendo a aproximadamente las 11.30 horas de la mañana, funcionarios adscritos al Cuarto Pelotón de la Primera Compañía del Destacamento 36 de la Guardia Nacional, se encontraban en labores de servicio por el sector Los Tres Locos en la vía que conduce a Cuatro Bocas, Municipio Mara, Estado Zulia, específicamente por el peaje San Rafael, observaron un vehículo con las siguientes características, Marca: Chevrolet, Modelo C-10, Color Verde y Blanco, Placas, 758-TAI, se aproximaron y le indicaron al ciudadano conductor que se estacionara al lado derecho de la vía, el cual trató de fugarse de la comisión, siendo interceptados posteriormente, solicitándoles que se bajara del vehículo, quien quedo identificado como JHORWIN STMITH ROGORES BALLESTEROS, titular de la cedula de identidad N° 14.697.365 y su acompañante como ALEXANDER REVEROL, titular de la cedula de identidad N° 18.281.855, procediendo a realizar una inspección al vehículo retenido observando que el mismo transportaba la cantidad de treinta envases de combustibles con residuos de combustibles.

Por lo que se evidencia que la conducta desplegada por los mencionados imputados en el presente causa, al transportar en envases plásticos con residuos de combustibles, aunque se pudiese presumir que dichos envases estuvieron llenos de combustibles, de las actas se desprenden que al momento de ser inspeccionados por los funcionarios ya solo quedaban residuos, por lo que se deduce claramente que no existen en las presentes actuaciones, plurales elementos de convicción que comprometan la responsabilidad de los hoy imputados. Por lo que considera este Juzgador, que estamos en presencia se la una violación a lo dispuesto en el numeral 1ª del articulo 44 de la Constitucional Nacional, por lo que resulta procedente ordenar inmediatamente, su LIBERTAD PLENA, conforme al ordinal 1° del artículo 44 de la Constitución Nacional. Y ASI SE DECIDE.
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos DECRETA la LIBERTAD PLENA de los ciudadanos JHORWIN STMITH ROGORES BALLESTEROS, titular de la cedula de identidad N° 14.6973.365 y ALEXANDER REVEROL REVEROL, titular de la cedula de identidad N° 18.281.855, se ordena oficiar lo conducente, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1° del Artículo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Vigésimo Octavo del Ministerio Publico, en la oportunidad legal correspondiente, a fin de que prosiga el procedimiento Ordinario.
Publíquese y regístrese.
EL JUEZ DUODÉCIMO DE CONTROL

FREDDY HUERTA RODRIGUEZ
EL SECRETARIO


ABOG. ERNESTO ROJAS HIDALGO.

En esta misma fecha se registro la presente decisión N° 5164-08, y se oficio bajo el N° 3620-08.-

EL SECRETARIO


ABOG. ERNESTO ROJAS HIDALGO.





Causa N° 12C-18.510.-08.
FHR/jgr.-