“…Comparece ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Zulia, la ciudadana YELITZA VALERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V.- 15.602.851, y domiciliada en el Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia, asistida por el Abogado JUAN CARLOS ESCALONA, Defensor Publico Tercero del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Extensión Cabimas, quien expuso: Por motivos que me interesan demostrar, solicito se sirva oficiar a la Oficina de Archivo Judicial, con Sede en Cabimas, con la finalidad de que envíen a este Juzgado el expediente numero 2U-6703-07, el mismo fue remitido con oficio No. 0924-08, de fecha 18/06/08 y se encuentra en el legajo numero 91, de los enviados por este Despacho, el cual tienen como partes a CARLOS ENRIQUE IRIARTE, por una parte y por la otra a mi persona. Así mismo solicito se comisione suficientemente al Alguacil de este Juzgado para que lo retire de dicha oficina…” Sic
Por auto de fecha trenita y uno (31) de Julio de 2008, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud, ordenándose la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia.
Consta en actas Notificación de la Fiscal del Ministerio Público, debidamente firmada.
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