REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia

En horas de Despacho del día de hoy, 13 de agosto del año dos mil ocho, siendo las 12m, de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, por solicitud de la parte Ejecutante, en las Oficinas del Colegio de Medico, ubicada en la avenida 16 (Guajira), en jurisdicción del Municipio Autónomo Mara del estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo Preventivo, decretada por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por DIVORCIO ORDINARIO, seguido por el ciudadano: FERNANDO ANTONIO SARAS GONZALEZ, en contra de la ciudadana: BERTHA EMILIA MEDINA DE SARAS, titular de la cédula de identidad No. V-4.538.476.- Una vez constituido este tribunal, procedió a notificar a el (la) ciudadano (a): MARISELA REVEROL, titular de la cédula de identidad No. 4.519.641, quién se identifico con el carácter de: PRESIDENTA. Seguidamente el Tribunal le notifico que el Tribunal de la causa, decretó Medida de Embargo Preventivo, sobre EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero que pro concepto de salario, aguinaldos, bonos, bonificaciones de fin de año, retroactivo, caja de ahorros y fideicomiso, que le puedan corresponder a la ciudadana: BERTHA EMILIA MEDINA DE SARAS, titular de la cédula de identidad No.4.538.476, en su carácter de empleada en el Área Social de la Tasca del Colegio de Médicos del Estado Zulia (COMEZU). De inmediato este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dándole cumplimiento a lo ordenado por el tribunal comitente DECLARA EMBARGADO PREVENTIVO, EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de todos los conceptos antes señalados. Asimismo se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzarán a efectuarse las retenciones antes señaladas, y que las cantidades de dinero a retener deben ser remitidas mediante cheque de gerencia a nombre del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERACNTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, E INDICADO EL NÚEMRO 41.862 DE EXPEDIENTE, el cual se encuentra ubicado en el Edificio Torre Mara, avenida 2 El Milagro, con calle 84, Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia. En este estado el Notificado Expuso: “Me doy por notificado de la medida de ejecución que en este acto se ejecuta a reserva de verificar: PRIMERO: Si la demandada es o no Empleada en el Área Social de la Tasca del Colegio de Médicos del Estado Zulia (COMEZU); SEGUNDO: La existencia de cualquier otra medida preventiva o ejecutiva practicada con anterioridad a la presente”.- En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada Este Tribunal comisionado le dio estricto cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en referencia a la Gratuidad de la Justicia, artículos 254 y 26 segundo aparte de la norma citada, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Es todo.- Terminó se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo 12:05 p.m.-
LA JUEZA

ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO
EL (LA) NOTIFICADO (A)


LA SECRETARIA,

ABOG. LINDA AVILA NUÑEZ

ZC/malpica y.
Comis. No. 4050-2008
Expediente No.41.862



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

En hora de Despacho del día de hoy, trece de agosto del año dos mil ocho, siendo las dos de la tarde, día y hora previamente fijado a objeto de continuar con la ejecución de la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por Divorcio Ordinario, sigue el Ciudadano FERNANDO ANTONIO SARAS GONZALEZ, contra la Ciudadana BERTHA EMILIA MEDINA DE SARAS, este tribunal ejecutor se trasladó y constituyó en la sede de la Institución Bancaria MERCANTIL C.A, BANCO UNIVERSAL, ubicada su sucursal en la avenida 2 el Milagro, con calle 87, Edificio 2001, locales 1 y 3, de esta Ciudad y Municipio Maracaibo Estado Zulia. Una vez constituido este Tribunal en la dirección antes señalada, se procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, a la Ciudadana ONELIA JOSEFINA SEMPRUN SULBARAN, quien es mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V- 4.538.008, y de este domicilio quien dijo ser Coordinadora de Servicios de la institución bancaria donde este tribunal se encuentra constituido.- Seguidamente el tribunal le informa a la notificada del motivo de su presencia y constitución y que a objeto de preservar derechos constitucionales establecidos en la norma fundamental podría hacerse acompañar de abogado en la ejecución de la presente medida. Acto seguido este Tribunal cumpliendo con lo comisionado inquiere de la notificada se sirva informar al mismo si la cuenta señalada e indicada en el despacho comisorio No. 1129186296, pertenece a la Ciudadana BERTHA EMILIA MEDINA DE SARAS, si posee algún saldo disponible a la fecha, y si los dígitos indicados en el despacho comisorio son los correctos.- En este estado la notificada expuso: “Dándole cumplimiento a lo solicitado por este tribunal ejecutor, informo al mismo, que si es cierto que la cuenta que me fue indicada pertenece según los registros de esta entidad a la Ciudadana BERTHA EMILIA MEDINA, la cuenta es cuenta corriente y a la fecha de hoy no presenta ningún saldo disponible tal como se refleja en el sistema, y los números o dígitos completos son 0105-0129-67-1129186296, es todo.-Acto seguido este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto la exposición realizada por la notificada ciudadana ONELIA SEMPRUM SULBARAN, con la cualidad que indica, y visto como está que no existe a la fecha de hoy saldo disponible alguno donde pueda recaer la medida preventiva decretada por el tribunal de la causa este tribunal ejecutor se abstiene de practicar la misma, y acuerda en este mismo acto su traslado y constitución en el día de hoy en la sede de la Institución Bancaria BANCO OCCIDENTAL, en cualquiera de sus oficinas de atención al público a objeto de continuar con lo comisionado por el tribunal de la causa. Concluyó el acto siendo las dos y veinte de la
tarde.- Terminó se leyó y conforme firman.-
LA JUEZ

Abog. ZIMARAY CARRASQUERO LA NOTIFICADA;

la SECRETARIA,
abg. LINDA AVILA.


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.


Seguidamente en horas de Despacho del día de hoy, TRECE DE AGOSTO DEL DOS MIL OCHO, siendo las tres de la tarde, este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de seguir dándole cumplimiento a las medidas decretada por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por Divorcio Ordinario, sigue el Ciudadano FERNANDO ANTONIO SARAS GONZALEZ, contra la Ciudadana BERTHA EMILIA MEDINA DE SARAS, este tribunal ejecutor se trasladó y constituyó en la sede de la Institución Bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, ubicada su sucursal en la avenida Bella Vista, entre calles 79 y 80 oficina BOD Bella Vista de esta Ciudad y Municipio Maracaibo Estado Zulia. Una vez constituido este Tribunal en la dirección antes señalada, se procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, a la Ciudadana EVELYN MATILDE TREJO DE GONZALEZ, quien es mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V- 5.063.706, y de este domicilio quien dijo ser la Gerente de la institución bancaria donde este tribunal se encuentra constituido.- Seguidamente el tribunal le informa a la notificada del motivo de su presencia y constitución y que a objeto de preservar derechos constitucionales establecidos en la norma fundamental podría hacerse acompañar de abogado en la ejecución de la presente medida. Acto seguido este Tribunal cumpliendo con lo comisionado inquiere de la notificada se sirva informar al mismo si las cuenta señalada e indicada en el despacho comisorio No. 6649970, 7760167 y 6072143, pertenecen a la Ciudadana BERTHA EMILIA MEDINA DE SARAS, si posee algún saldo disponible a la fecha, y si los dígitos indicados en el despacho comisorio son los correctos.- En este estado la notificada expuso: “Dándole cumplimiento a lo solicitado por este tribunal ejecutor, informo al mismo, que las cuentas signadas con los numeros 6649970 y 7760167 en nuestros registros pertenecen a la Ciudadana BERTHA EMILIA MEDINA SARAS, poseyendo un saldo disponible a la fecha de hoy en la primera que es cuenta corriente No. 6649970 tiene un saldo disponible de TREINTA Y TRES BOLIVARES FUERTES CON SESENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.f.33,63) y en la segunda que también es cuenta corriente es decir la número 7760167 posee un saldo disponible de CIENTO ONCE BOLIVARES FUERTES CON TREINTA CENTIMOS (Bs.f. 111.30), y en referencia a la última cuenta que me fuera indicada es decir la número 6072143, la misma en nuestros registros aparece a nombre o su titular es la SOCIEDAD MERCANTIL VEROEVENTOS, poseyendo un saldo a la fecha de hoy de SESENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.f. 66,35), y los números de cuenta aportados coinciden con los reflejados en nuestro sistema, es todo.-Acto seguido este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto la exposición realizada por la notificada ciudadana EVELYN MATILDE TREJO DE GONZALEZ, con la cualidad que indica, y visto como está que no existe a la fecha de hoy saldo disponible suficiente en las cuentas indicadas en el despacho comisorio pertenecientes a la ejecutada de autos, donde pueda recaer la medida preventiva decretada por el tribunal de la causa este tribunal ejecutor se abstiene de practicar la misma, y en referencia a la tercera cuenta indicada en el despacho comisorio por cuanto la misma no pertenece a la ejecutada de autos, este tribunal ejecutor se abstiene de practicar la medida de embargo preventivo comisionado.- Concluyó el acto siendo las tres y veinte de la tarde.- Terminó se leyó y conforme firman.-
LA JUEZ

Abog. ZIMARAY CARRASQUERO LA NOTIFICADA;






La SECRETARIA,



abg. LINDA AVILA.