ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-002386.
PARTE ACTORA: DIONIS MORALES.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: EDILIA PITRE.
PARTE DEMANDADA: HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE HERNANDEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy,11 de Agosto de 2008, siendo las 1:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la abogada en ejercicio EDILIA PITRE en su carácter de apoderada judicial del ciudadano DIONIS MORALES y HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A, representada por el abogado JOSE HERNANDEZ en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la parte demandada representada por el abogado JOSE HERNANDEZ ORTEGA y el ciudadano DIONIS MORALES, representado por la abogada EDILIA PITRE para dar por terminada la presente causa presentan acuerdo transaccional constante de siete (07) folios útiles, que se da por reproducido en esta acta donde acuerdan para dar por terminada la presente causa , como arreglo total y definitivo pagar y recibir la cantidad de VEINTI DOS MIL BOLIVARES FUERTE (Bs.22.000,00) mediante un CHEQUE DE GERENCIA No.80093829 girada a nombre de DIONIS MORALES por el BANCO MERCANTIL de FECHA 05 DE AGOSTO DE 2008, en este acto presente el ciudadano DIONIS MORALES manifiesta que recibe en este acto el descrito cheque libre de constreñimiento y sin reserva alguna y a su entera satisfacción para dar por terminada la causa. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .
La Juez
La Secretaria.
Abg.Ana Avila.
Los Presentes
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