REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, Cinco (05) de Agosto de 2008
197º y 148º

EXPEDIENTE Nº VP01-L-2007-002695

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

PARTE ACTORA: JULIO NAVARRO; APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: YETSY URRIBARRI (Procuradora-Compareció); PARTE DEMANDADA: INTITUTO MUNICIPAL DEL ASEO URBANO Y DOMICILIARIO DE MARACAIBO (IMAU); (No compareció); PARTE CODEMANDADA: CORPORACIÒN ALCALDÌA DEL MUNICIPIO MARACAIBO (No Compareció) REPRESENTANTES LEGALES DEL LAS CODEMANDADAS (No comparecieron); APODERADOS JUDICIALES DE LAS CODEMANDADAS: (No Comparecieron); MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES. Por cuanto observa este Tribunal de Instancia que en la presente causa la parte demandada y codemandada son entes públicos que gozan de privilegios procesales y tienen un régimen patrimonial provisto de previsión presupuestaria, de conformidad con el artículo 6 de la Ley Orgánica de Hacienda en concordancia con la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social es por lo que este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ordena : PRIMERO: Concederle a las partes codemandadas cinco (05) Díaz hábiles siguientes a la presente fecha para que ejerzan su derecho a la contestación de la demanda en aras de preservar el derecho a la defensa. SEGUNDO: Transcurrido establecido en el particular anterior, remitir la presente causa al Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo que por distribución corresponda. Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3° y 9° del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Maracaibo a los cinco (05) días del mes de Agosto del año dos mil ocho (2008 ).- Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-

EL JUEZ


CARLOS SILVESTRI LA SECRETARIA


JOSELYN URDANETA


En la misma fecha, y siendo las tres y ocho minutos de la tarde (03:08 p.m.), se dictó y publicó el fallo que antecede.

La Secretaria.
Cs/exp. VP01-L-2008-002695