ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-000350
PARTE ACTORA: GREGORY OCANDO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ROBERTH SOTO
PARTE DEMANDADA: MARVECA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALICIA VILLALOBOS.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 14 de agosto de 2008, siendo las 12:05 PM, comparecen el abogado ROBERT SOTO en representación del ciudadano GREGORY OCANDO, la abogada ALICIA VILLALOBOS en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil MARVECA y el abogado MARIO JOLLEY, en su carácter de apoderado judicial del tercero interviniente CONSULTORES DE APLICACIONES PETROLERAS S.A, quienes solicitan al juzgado se realice la audiencia preliminar que se encuentra fijada para el día 25 de septiembre de 2008, siendo acordado por el Juez lo solicitado; por lo que se da inicio a la audiencia preliminar, llegando las partes al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y con el objeto de facilitar la tarea del juez consignan en tres (03) folios útiles, escrito contentivo de la transacción, mediante el cual cancelan al trabajador la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES CON 00/100 CENTIMOS (Bs.1.500,00), en cheque No. 66000546, librado en contra de la entidad financiera Banco de Venezuela, de fecha 13 de agosto de 2008 a favor de el ciudadano GREGORY OCANDO..
Este Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia que en este mismo acto fueron entregadas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo definitivo del expediente. Se expide una (01) copia certificada de la presente acta y de la transacción, solicitada por la demandada.

La Juez.


Abg. Marlene Rojas de Siu La Secretaria



Los Presentes.