N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-000975
PARTE ACTORA: WILIAM JOSE ORTEGA NAVARRO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DANIEL ALVARADO
PARTE DEMANDADA: EXPRESOS FLAMINGO C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANA LLANES
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 14 de Agosto de 2008, siendo las 10:40 a.m. Comparece el ciudadano WILIAM JOSE ORTEGA NAVARRO asistido por el abogado DANIEL ALVARADO y la abogada ANA LLANES actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil EXPRESOS FLAMINGO C.A quien consigno en este acto documento poder en copia simple agregándose a las actas que conforman el presente asunto; las partes solicitan al tribunal celebrar la prolongación de la audiencia preliminar ya que la misma se encuentra fijada para el día de 18 de Septiembre del presente año a las 2:00 p.m. vista la solicitud realizada por las partes y encontrándose a disposición el juez provee lo solicitado, dándose inicio a la audiencia preliminar en la cual las partes han llegado al siguiente acuerdo la representación judicial de la empresa ofrece cancelar la cantidad de Veinte mil bolívares (bsf 20.000) los cuales serán cancelados de la siguiente manera la cantidad de Diez mil bolívares (bsf 10.000) en este acto efectivo y la cantidad restante de Diez mil bolívares (bsf 10.000) se cancelaran el día 18 de Septiembre del presente año, el trabajador manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfechas sus pretensiones y los conceptos reclamados en el libelo de la demanda; visto el acuerdo al cual han llegado las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Quinto de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes.

El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes