RESOLUCIÓN N° 205-08 CAUSA N° 7E-002-07
Firme como ha quedado el fallo dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, en fecha 30-08-2006, en contra de los penados JIM JESUS ACOSTA CASTELLANO, titular de la cédula de identidad N° 16.302.456 y MARIBEL DEL CARMEN GUERRERO, titular de la cédula de identidad N° 19.749.323; es por lo que este Tribunal de Ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a Ejecutar dicha Sentencia y procede a la elaboración del cómputo legal respectivo:
Los penados JIM JESUS ACOSTA CASTELLANO, titular de la cédula de identidad N° 16.302.456 y MARIBEL DEL CARMEN GUERRERO, titular de la cédula de identidad N° 19.749.323, fueron condenados a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el ultimo aparte del articulo 31, en su tercer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Ahora bien, consta en actas que los mencionados penados fueron detenidos en fecha 14-10-05, por lo que hasta el día de hoy 02-04-2008, fecha en la cual se elabora el presente computo, llevan detenidos DOS (02) AÑOS, CINCO (05) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS, faltándole por cumplir CINCO (05) AÑOS, SEIS (06) MESES Y DOCE (12) DIAS.-Cumplen la Pena Principal el día: 14-10-2013.- Cumplen 1/4 parte de la Pena impuesta el día 14-10-2007, para el beneficio de Destacamento de Trabajo.-Igualmente cumplen 1/3 parte de la Pena impuesta el día: 14-06-2008, para el Beneficio Régimen Abierto.- Cumplen la mitad (1/2) de la Pena impuesta el día 14-10-2009.- Cumplen las 2/3 partes de la Pena impuesta el día 14-02-2011, para el Beneficio de Libertad Condicional; Cumple las 3/4 partes de la Pena impuesta el día: 14-10-2011, para Confinamiento y por último se mantendrá sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/5 parte de la Pena impuesta hasta el día: 20-05-2015.- Regístrese la presente Resolución. Remítase copia certificada de la misma con oficio al Departamento de Reseña de la Cárcel Nacional de Maracaibo, a la Fiscal N° 27 del Ministerio Publico, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio de Interior y Justicia. De igual modo se ordena el traslado de los penados a este Juzgado el día VIERNES ONCE DE ABRIL DE 2008, a tal efecto, se ordena oficiar al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo y al Capitán del Destacamento N° 35, a los fines del traslado. Igualmente se ordena notificar a través del Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal a la Defensora Pública N° 07 ABG. EVA BARRIOS. Así mismo se ordena oficiar a la Cárcel Nacional de Maracaibo, a objeto de remitir la Copia Certificada de la Sentencia dictada en contra de los penados y se ordena oficiar al Ministerio de Interior y Justicia, para recabar los Antecedentes Penales que pueda registrar el penado Jim Acosta Castellano.
LA JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN.
DRA. MIRYAM MESTRE ANDRADE. LA SECRETARIA.
ABG. PATRICIA ORDOÑEZ
En la misma fecha se registró la presente Resolución bajo el N° 205-08 y se libraron oficios N° 2621, 2622, 2623, 2624, 2625, 2626, 2628 Y 2629-08 y se libra boleta de notificación N° 430-08, con oficio al Departamento de Alguacilazgo bajo el N° 2627-08.
LA SECRETARIA
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