REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
SECCION DE ADOLESCENTES
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION
Maracaibo, 08 de Abril de 2008
197° y 148°
ACTA DE AUDIENCIA ORAL y RESERVADA
MOTIVO DEL ACTO: LECTURA DE CÓMPUTO DE LA SANCIÓN DE IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA
RESOLUCION No. 175-08 CAUSA No. 1E-1341-07
En el día de hoy, Martes Ocho (08) de Abril de 2008, siendo las 11:00 de la mañana, a fin de proceder de conformidad con lo previsto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la presente causa seguida en contra del adolescente (SE OMITE EL NOMBRE DEL ADOLESCENTE SANCIONADO POR CONFIDENCIALIDAD ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 545 Y 65 DE LA LOPNA). En tal sentido, constituido como se encuentra este Tribunal presidido por la Juez DRA. HIZALLANA MARIN DE HERNANDEZ, conjuntamente con la Secretaria (S) ABOG. EVELYN SARMIENTO, quién al verificar la presencia de la partes, constató que se encuentran presentes el Fiscal Trigésimo Primero Especializado del Ministerio Público, ABOG. OSCAR CASTILLO, el Defensor Publico Nº 05 Abog. JIMMY GONZALEZ, en sustitución de la Defensa Publica Nº 02, por el principio de la Unidad de la Defensa Publica, el adolescente (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE SANCIONADO), y su representante legal ciudadana(SE OMITE EL NOMBRE DE LA REPRESENTANTE LEGAL DEL ADOLESCENTE SANCIONADO POR CONFIDENCIALIDAD ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 545 Y 65 DE LA LOPNA), previa notificación para la comparecencia a la presente Audiencia. De seguida, se pasa a computar el tiempo de cumplimiento de la sanción aplicada al adolescente (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE SANCIONADO), venezolano, natural de San Francisco, fecha de nacimiento 10-06-1991, de 17 años de edad, residenciado en: la Avenida 35, Bloque 11 de color Blanco con Verde, apartamento 0201 detrás del Victoria Viejo del Municipio San Francisco Estado Zulia. Seguidamente se le cede la palabra a la Defensa Pública Nº 05 ABOG. JIMMY GONZALEZ, quien expuso: “Solicito al Tribunal sea modificado el Centro de Cumplimiento de la sanción de imposición de reglas de conductas relacionada con el adolescente José Cuencas, y se aparte de la pretensión de la represéntenle de la fundación de Niño de Sol en cuanto a que sea privado de libertad el mencionado adolescente, la defensa en este caso considera que le adolescente debe de ser puesto a la orden en la Fundación reto Juvenil para que la misma luego de un informe pueda determinar si el tratamiento que requiere sea de internamiento o ambulatorio para atacar la debilidad en el consumo de sustancia psicotrópicas y estupefacientes y logra en lo posible que el adolescente elimine en su totalidad ese mal ámbito dando cumplimiento de esta manera al debido proceso y al interés superior del adolescente, es todo”. Acto seguido se le cede la palabra al adolescente (SE OMITE EL NOMBRE DEL ADOLESCENTE SANCIONADO), conforme a los artículos 80, 85, 86, 87, 89 y 90 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y artículos 19, 20,21, 25, 26 y 46.2 Constitucionales, expuso: “Estoy de Acuerdo con lo expuesto por mi defensor y con el computo que me fue leído, es todo”. En este estado, se concede la palabra a la Fiscal Especializada, quién expuso: “Solicito al Tribunal en virtud a la problemática del consumo de estupefacientes del adolescente se modifique la sanción a que el mismo se obligue ir a la institución Reto Juvenil y someterse al tratamiento que se le imponga sea o no en reclusión y coadyuvar de esa a la finalidad pedagógica de la sanción y a los fines de darle herramienta a través de los expertos para enfrentar su problemática, es todo”. Escuchadas como fueran las partes, este Tribunal considera procedente la solicitud de la defensa y declara con lugar la misma. En consecuencia este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÒN DE EJECUCIÒN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve: PRIMERO: Se ordena PONER EN ESTADO DE EJECUCIÓN la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante Sentencia Nº 068-07, de fecha 26-09-2007, a través de la cual declaró la responsabilidad penal al adolescente (SE OMITE EL NOMBRE DEL ADOLESCENTE SANCIONADO), por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 457. en concordancia con el Articulo 458 ambos del Código Penal; cometido en perjuicio del ciudadano WILSON ALFREDO DAZA PEREZ, condenándolo al cumplimiento de la sanción de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, con un lapso de cumplimiento de DOS (02) años, de conformidad con lo establecido en artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; y en tal sentido, se pasa a computar el tiempo de cumplimiento de la sanción impuesta de la siguiente manera: deberá comenzar a cumplirla a partir de la presente fecha, hasta el día 08-04-2010. Las obligaciones que debe cumplir al adolescente a manera de regular el estilo de vida del mismo, son las siguientes: 1.- Obligación de mantenerse incorporado en la Institución Reto Juvenil, específicamente en la Unidad de Desintoxicación, hasta tanto supere la problemática actual y el Equipo Multidisciplinario adscrito a la mencionada Institución, indiquen las fases subsiguientes que deba cumplir el mencionado adolescente con base en el programa en el cual esta inserto. 2.- La prohibición de Consumir Bebidas Alcohólicas y Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: Se acuerda convocar a una Audiencia Oral y Reservada para el día MIERCOLES 08 DE OCTUBRE DE 2008, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, a los fines de proceder a la revisión del cumplimiento de la sanción impuesta al adolescente antes mencionado. Asimismo se oficia a la Institución de Reto Juvenil para la vigilancia y control de la mencionada sanción, bajo el Nº 1555-08. Se deja constancia que todas las partes intervinieron en el acto oral, manifestando su conformidad con el desarrollo del acto y con la resolución adoptada quedando la misma registrada bajo el No. 175-08. Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. HIZALLANA MARIN DE HERNANDEZ
EL FISCAL 31° DEL MINISTERIO PÚBLICO (A),
DR. OSCAR CASTILLO
LA DEFENSA PUBLICA Nº 05,
ABOG. JIMMY GONZALEZ
EL ADOLESCENTE SANCIONADO
(SE OMITE EL NOMBRE DEL ADOLESCENTE SANCIONADO)
EL REPRESENTANTE LEGAL,
(SE OMITE EL NOMBRE DE LA REPRESENTANTE LEGAL DEL ADOLESCENTE SANCIONADO)
LA SECRETARIA
ABOG. EVELYN SARMIENTO
HMdeH/diana
CAUSA No. 1E-1341-07
|