“…Comparece ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Zulia, el ciudadano JORGE LUIS MEJIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.845.751, domiciliado en el Municipio Baralt del Estado Zulia, asistido por el Abogado, DANNY RODRIGUEZ, debidamente inscrito en el Inpreabogados bajo el Nº57.842, quien expuso: Solicito a este honorable Tribunal, en vista de que la solicitud, signada bajo el N°2U-684-03, fue remitida al Archivo Judicial, en fecha 30 de Julio del año 2.007, legajo N°16, según oficio N°1.202-07, sea solicitada para que sea devuelta a este honorable Tribunal para fines legales que me interesan demostrar.
Por auto de fecha Tres (03) de Abril de 2008, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud, ordenándose la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia,
Consta en actas Notificación de la Fiscal del Ministerio Público, debidamente firmada.