REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUCIO- JUEZ UNIPERSONAL No. 04


Exp. 09966
CAUSA: HOMOLOGACION CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION
PARTES: KAREN RODRIGUEZ Y FRANKLIN CRESPO
NIÑOS Y ADOLESCENTES: (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD)

PARTE NARRATIVA


Se inició el presente procedimiento de Homologación de Convenimiento de Obligación de Manutención, por solicitud de la abogada NOREILYS CABARCAS, obrando en su carácter de Defensora N° 4 del Niño, Niña y del Adolescente de la Intendencia de Seguridad del Municipio San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, obrando en interés y beneficio de los niños y adolescentes (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), respecto al convenio celebrado entre los ciudadanos KAREN MARIA RODRIGUEZ SANCHEZ Y FRANKLIN SEGUNDO CRESPO SOTO, cedulados bajo los Números V.-13.082.050 y 14.457.294, respectivamente; ambos domiciliados en el Municipio San Francisco del Estado Zulia.-

En fecha diez (10) de Noviembre de 2006, este Tribunal admitió la anterior solicitud por cuanto ha lugar en derecho, ordenando la notificación del Fiscal Especializado del Ministerio Público, de conformidad con el artículo 170 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, la cuál se llevó a efecto con fecha 14 de Abril de 2008 y agregadas a las actas en fecha 29 del mismo mes y año.-

Mediante auto de fecha 30 de Abril de 2008 el abogado Marlon Barreto Ríos, se avoco al conocimiento de la presente causa, en virtud de haber sido designado Juez Provisorio de esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.-

PARTE MOTIVA

En tal sentido evaluado el Convenimiento suscrito por los ciudadanos KAREN MARIA RODRIGUEZ SANCHEZ Y FRANKLIN SEGUNDO CRESPO SOTO; y por cuanto los Tribunales de Protección del Niño, Niña y del Adolescente tienen como premisa fundamental el principio del interés superior del niño, y el cuál debe atender cada una de las necesidades de éstos; es por lo cuál este Tribunal constituido en Sala de Juicio N° 4 del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, y actuando de conformidad con lo establecido en el artículo en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente: APRUEBA Y HOMOLOGA el presente Convenimiento a favor de los niños y adolescentes (SE OMITEEL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD). ASÍ SE DECIDE.-


PARTE DISPOSITIVA
DECISION

Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 4, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley APRUEBA Y HOMOLOGA el Convenimiento celebrado entre los ciudadanos KAREN MARIA RODRIGUEZ SANCHEZ Y FRANKLIN SEGUNDO CRESPO SOTO; a favor de los niños y adolescentes (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), en todas y cada una de sus partes, otorgándole el carácter de cosa juzgada a la presente resolución, ordenando terminado el presente juicio. ASÍ SE DECLARA.-
Publíquese y regístrese.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los treinta (30) días del mes de Abril Dos mil ocho (2008). Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.-
EL JUEZ UNIPERSONAL N° 4 LA SECRETARIA

ABOG. MARLON BARRETO RIOS ABOG. LORENA RINCON PINEDA

LA MISMA FECHA SE REGISTRO LA ANTERIOR RESOLUCION EN EL LIBRO DE SENTENCIAS INTERLOCUTORIA LLEVADO POR ESTE TRIBUNAL EN EL PRESENTE MES Y AÑO BAJO EL N° 0168.- LA SECRETARIA.
MBR/natalia