JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 08 de Abril de 2008
197º y 149º
Visto el escrito presentado por los ciudadanos CRUZ JOSE SALAZAR ROMAN y JACQUELINE COROMOTO RAMIREZ DE SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos. 4.538.853 y 7.832.178, ambos domiciliados en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, asistidos por la Abogada en ejercicio MARIA RINCON, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 77.109; este Tribunal para resolver observa:
Por cuanto los referidos ciudadanos intervienen en este proceso como terceros afectados por la medida de Embargo Ejecutivo decretada por este Juzgado en fecha 03 de Noviembre de 2005; y consignada copia certificada del respectivo documento de propiedad el cual se encuentra notariado por ante la Notaria Pública Séptima de Maracaibo del Estado Zulia, en consecuencia, suspende la referida Medida de Embargo Ejecutivo, que fuera ejecutada por el Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de esta Circunscripción Judicial en fecha 30 de Noviembre de 2005, únicamente con respecto al inmueble que se identifica en el referido documento de propiedad, y que forma parte de un lote de terreno sobre el cual recayó la medida, el cual tiene una superficie aproximada de CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS (180,00 Mts2), situado en la Jurisdicción de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia. En tal sentido, se ordena oficiar a la respectiva Oficina de Registro, a los fines de participarle la suspensión de la medida.- Ofíciese.-
El Juez Provisorio,

Dr. Carlos Rafael Frías
La Secretaria,

María Rosa Arrieta.



CRF/jspl.-