JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 23 de Abril de 2.008
198º y 149º
Vista la diligencia de fecha 18 de Abril del presente año, suscrita por el abogado en ejercicio JOSE GREGORIO CASAS RAMIREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 53.007, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, en la cual solicita que se reponga la causa al estado de citación, este Tribunal para resolver observa lo siguiente:
Que en fecha 28 de Septiembre de 2007, este Tribunal admitió cuanto a lugar en derecho la presente demanda, ordeno citar al ciudadano ROBERTO CARLOS NAVA MORAN, y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 132 del Código de Procedimiento Civil, ordeno la notificación del Fiscal Trigésimo Cuarto (34°) del Ministerio Publico.
Ahora bien, del estudio realizado a las actas del expediente se puede constatar que hasta la presente fecha el Fiscal del Ministerio Publico no fue notificado, y conforme a lo establecido en el articulo 132 del mencionado Código de Procedimiento Civil, y por la falta de cumplimiento de dicha notificación bajo pena de nulidad de lo actuado, así como en aras de una sana administración de justicia, y conforme con lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y con el propósito de aclararlos y de subsanar la notificación, este Tribunal REPONE la presente causa al estado de librar boleta de notificación de la FISCAL TRIGÉSIMO CUARTO (34°) DEL MINISTERIO PUBLICO, a fin de que exponga lo que a bien tenga sobre el presente proceso, y declara nulas todas las actuaciones realizadas con posterioridad a la admisión a la presente causa.- Así se decide.-
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, REPONE la causa al estado de librar nuevamente la boleta de notificación de la FISCAL TRIGÉSIMO CUARTO (34°) DEL MINISTERIO PUBLICO, a fin de que exponga lo que a bien tenga sobre el presente proceso, y declara nulas todas las actuaciones realizadas con posterioridad a la admisión a la presente causa.- Librese Boleta de Notificación.-
EL JUEZ PROVISORIO,

DR. CARLOS RAFAEL FRÍAS LA SECRETARIA,

MARIA ROSA ARRIETA F.-



CRF/jspl.-