REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO

JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- Maracaibo, nueve (09) de Abril del año dos mil ocho (2008).- 197° y 149°.- Vista la diligencia suscrita en fecha siete (07) de abril del año dos mil ocho (2008), por el ciudadano FELIPE SANTIAGO LUNA CONEO, asistido por el abogado en ejercicio Tulio Hernández Guerrero, parte actora en el juicio que por Desalojo instauró en contra de los ciudadanos Roberto Palanquet y Miguel Palanquet, donde desiste del procedimiento, reservándose expresamente la acción de intentar por separado el cobro de los cánones de arrendamiento vencidos y no pagados, los servicios públicos que posee incorporados dicho inmueble, no cancelados por el arrendatario y fiador del mismo, al igual que los daños y perjuicios que le fueron causados, al no hacer las reparaciones a que estaban obligados a realizar sobre el inmueble que fue arrendado, solicitando se le expida una copia certificada del acta de Inspección Judicial realizada sobre el inmueble en fecha 04 de marzo del año dos mil ocho (2008), la cual corre agregada a las actas en la pieza de medidas; este Tribunal le imparte su aprobación, HOMOLOGÁNDOLO, pasándolo en autoridad de cosa juzgada. Asimismo, se ordena, expedir una copia certificada de la inspección judicial efectuada el día cuatro (04) de marzo del año dos mil ocho (2008) en cual corre inserta en la pieza principal del presente expediente y la suspensión de la medida de secuestro decretada por este juzgado en fecha quince (15) de enero del dos mil ocho (2008), en virtud de que los demandados de actas dejaron abandonado el inmueble, según manifiesta el apoderado judicial de la parte actora, por lo que se deduce que actualmente el demandante se encuentra en posesión del inmueble.
La Juez,
Mg. Sc. Maria del Pilar Faria Romero.
La Secretaria,
Mg. Sc. Gabriela Bracho.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, elaborándose la copia certificada solicitada.

La Secretaria,
Mg. Sc. Gabriela Bracho.

Expediente 1.765-08.