REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO

JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- Maracaibo, veinticuatro (24) de Abril del año dos mil ocho (2008).- 198° y 149°.- Visto el escrito presentado por las abogadas Cioly Janette Zambrano y Nelly Margarita Trejo, con el carácter de apoderadas judiciales de la parte actora, ciudadana Maury Michelle Trejo Álvarez y el ciudadano Richard Javier Manares Larrazábal, asistido por el abogado William Davinson Rojas Nava, mediante el cual celebraron una transacción a los fines de dar por terminado los litigios pendientes y precaver cualquier otro que pudiera ser consecuencia de los mismos, solicitando la homologación de la presente transacción, se expidan dos copias certificadas de ésta, y que el Tribunal se abstenga de archivar el expediente hasta tanto conste la entrega definitiva del inmueble a la propietaria, solvente con los servicios públicos y de condominio, y asimismo, acuerdan que los honorarios de abogados correrán por cuenta de cada una de las partes; este Tribunal, verificada la facultad para transigir a las apoderadas judiciales de la parte actora y estando presente la parte demandada, asistido por un abogado, le imparte la aprobación a la transacción celebrada HOMOLOGÁNDOLO, pasándolo en autoridad de cosa juzgada. Igualmente se ordena expedir dos (02) copias certificadas de la transacción celebrada y absteniéndose de archivar el expediente hasta tanto conste en actas el cumplimiento total de la obligación.

La Juez,
Mg. Sc. Maria del Pilar Faria Romero.

La Secretaria Temporal,

Abog. Lenys Villalobos Silva.










Expediente 1.779-08.