REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EXP. 2712
EN SU NOMBRE:
JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
197° y 149°
Recibida del Órgano Distribuidor la anterior demanda por RESOLUCION DE CONTRATO Y DESALOJO incoada por el ciudadano VITANTONIO AMORESE CARRAQUERO, venezolano, mayor de edad, Licenciado, titular de la cédula de identidad N° 10.445.259, actuando en representación de la ciudadana ELIDA DEL CARMEN CARRASQUERO DE AMORESE, identificada plenamente en actas, según poder otorgado ante el Consulado Venezolano en fecha 15 de Mayo de 2003, y posteriormente registrado ante la Oficina Subalterna del Tercer Circuito de Registro del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 22 de Julio de 2003, bajo el N° 24, Tomo 1, contra los ciudadanos MIGUEL ANGEL ACOSTA, en calidad de Arrendatario y RAFAEL ACOSTA VALE, en calidad de Fiador y Solidario, ambos identificados en actas, se le dá entrada. Fórmese expediente. Numérese. Por cuanto el Tribunal observa que el monto de la demanda excede el límite de la cuantía atribuida a los Juzgados de Municipios, este Tribunal se declara INCOMPETENTE por la cuantía para conocer de la presente causa y, en tal sentido, declina la competencia para ante el Tribunal competente, que lo es, el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. En consecuencia, ordena remitir original este Expediente a la Unidad Receptora y Distribuidora de Documentos del Estado Zulia, sede Torre Mara, a los fines pertinentes. Remítase con oficio.- ASÍ SE DECIDE.-
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE.-
Déjese copia certificada por Secretaría, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1.364 del Código Civil, a los fines del Artículo 72, Ordinales 3° y 9° de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Maracaibo, a los quince (15) días del mes de Abril de dos mil ocho (2008). AÑOS: 197° de la Independencia y 149° de la Federación.-
El Juez,
Abog. Iván Pérez Padilla.
La Secretaria,
Abog. Angela Azuaje Rosales
En la misma fecha se dictó y publicó el fallo que antecede, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.).-
La Secretaria,
Abog. Angela Azuaje Rosales
IPP/eesr
La Suscrita Secretaria del JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Abog. ANGELA AZUAJE ROSALES, hace constar: Que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original, contentivo del Juicio de RESOLUCION DE CONTRATO Y COBRO DE BOLIVARES incoado por el ciudadano VITANTONIO AMORESE CARRASQUERO contra los ciudadanos MIGUEL ANGEL ACOSTA y RAFAEL ACOSTA VALE, con el cual se hizo la debida confrontación, resultando igual en todo su contenido y firmas. LO CERTIFICO. En Maracaibo, a los quince (15) días del mes de Abril de 2008.-
La Secretaria,
Abog. Angela Azuaje Rosales.-
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