En horas de Despacho de hoy MIERCOLES DIECISEIS (16) de Abril de dos mil Ocho, siendo las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto las Medidas de ENTREGA DE INMUEBLE decretada por el Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesus Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el juicio que por DESALOJO sigue EMILIA ELENA SOLES DE BRACHO contra MARLENE TOLEDO DE FRANCO. Se trasladó y constituyó el Tribunal en el sitio señalado por la Apoderada Judicial de la parte actora, Abogada AURA CRISTINA OLMOS TORRES, Inpreabogado N° 87.715, específicamente en un inmueble signado bajo el No. 74-32, ubicado entre la Avenida 2B con calle No. 74, Sector EL MILAGRO, Parroquia Olegario Villalobos, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Seguidamente y una vez presente el Tribunal en el sitio señalado se procedió a notificar a la ciudadana, MARLENE TOLEDO DE FRANCO, titular de la cedula de identidad No. V.- 5.832.287 con el carácter de parte demandada en el presente proceso y a quien se impuso del motivo de la presencia del tribunal. En este estado presente la Apoderada Judicial de la parte actora, expuso: “Pido a este Tribunal que una vez llevada la notificación correspondiente, proceda a hacer cumplimiento a la Medida decretada por el Tribunal de la causa y para tal efecto designe Perito a fin de la identificación del inmueble objeto de esta medida, asimismo solicito se me haga formal entrega de dicho inmueble en mi carácter de Apoderada Judicial de la parte actora”. Vista la exposición, este Tribunal procede a designar Perito al ciudadano NILO ENRIQUE PORTILLO FEREIRA, titular de la Cédula de Identidad Número V-9.754.028 y quien una vez impuesto del cargo recaído en su persona, expuso: “Acepto el cargo para el cual he sido designado”. Seguidamente le fue tomado el Juramento de Ley de la manera siguiente: ¿Ciudadano NILO ENRIQUE PORTILLO FEREIRA, juran usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo para el cual ha sido designado? Contesto: “Si lo juro”. En este estado presente el Perito: Trátese de un inmueble signado bajo el No. 74-32, ubicado entre la Avenida 2B con calle No. 74, Sector EL MILAGRO, Parroquia Olegario Villalobos, Municipio Maracaibo del Estado Zulia y cuyos linderos son: NORTE: Inmueble No. 74-16 que es o fue de JOSE ANTONIO TOLEDO; SUR: Cañada del ahogado (Calle No. 74B); ESTE, Inmueble que es o fue de JUAN HUNGm Av. 2B intermedia y OESTE, Inmueble sin nomenclatura visible que es o fue de JESUS TOLEDO. Diucho inmueble consta de: Sala, comedor, cocina, lavadero, 2 habitaciones (1 con closet), 1 sala sanitaria y esta caracterizado por: Techos de platabanda y zinc sobre estructura de madera con cielo raso de anime y cartón, pisos de granito, cemento pulido y rustico, paredes de bloques frisadas y pintadas con cerámica en sala sanitaria, puertas de maderas con protección en puerta principal y trasera, ventanas de aluminio y vidrio tipo romanilla. Con sus instalaciones eléctricas, aguas blancas y aguas negras. Todo en regular estado de conservación. El inmueble anteriormente identificado, se corresponde con el que aparece en la comisión emanada del Tribunal de la causa. Seguidamente y por cuanto es el mismo bien inmueble que aparece identificado en la comisión conferida, este JUZGADO
QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE FORMALMENTE ENTREGA DEL INMUEBLE ANTERIORMENTE IDENTIFICADO A LA CIUDADANA AURA CRISTINA OLMOS TORRES, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N’ V – 7.821.975, EN SU CARÁCTER DE APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA, TOTALMENTE DESOCUPADO DE BIENES MUEBLES Y PERSONAS.. Y ASI SE CONFIRMA. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora, expuso: “ En nombre de mi representada manifiesto haber recibido en este acto el inmueble objeto de la presente medida a mi entera satisfacción y en las condiciones mencionadas. Asimismo este tribunal deja constancia que para el momento de la presente comisión se contó con la custodia de los funcionarios policiales Oficial Técnico Segundo No. 3501 ALEXIS VARGAS; Oficial Mayor No. 1037 DARWIN PIÑA; Oficial Mayor No. 2370 RENNY ARROYO; Oficial Primero No. 2131 FERNANDO NAVA. Cumplida como ha sido la presente comisión, la Apoderada Judicial de la parte actora deja constancia que este Tribunal no ha recibido ningún tipo de emolumentos para la práctica de la presente medida. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ : LA APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA/POSESIONADA:
ABOG. GUILLERMO INFANTE
LA NOTIFICADA: EL PERITO:
LA SECRETARIA
Comisión No. 3750-08
Exp. 7163
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