REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

Despacho de Medida Nº 4594
En el día de hoy treinta ( 30 ) de Abril de 2.008, siendo las once y cinco minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS, ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 02, con sede en Cabimas, en el Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION, seguido por la ciudadana MARIA MATILDE AZUAJE DE BOSCAN, titular de la cédula de identidad N° V-5.759.316, en contra del ciudadano HENRY DE JESUS BOSCAN CHAVEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.018.871. Seguidamente el tribunal una vez constituido en la sede de la empresa procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano JORGE LOPEZ, titular de la cédula de identidad Nº 10.211.609, en su condición de Sindico Procurador. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora abogada en ejercicio LORENA RODRÍGUEZ SOLER, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 57605, expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida decretada por el juzgado de la causa.