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CIRCUITO JUDICIAL PENAL
 CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
 TRIBUNAL DE  EJECUCION
 SECCIÓN ADOLESCENTES
 
 La Asunción, 08 de Abril de 2008
 197º y 148º
 ASUNTO NRO OPO1-P-2007-004171
 ACTA  ENTREVISTA CON LA  JUEZ POR INCUMPLIMIENTO
 
 En horas de Audiencia del día de hoy, martes (08) de Abril  Dos Mil Ocho (2008), siendo las (11:15 )hora de la mañana, comparece previa boleta de citación, el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro  XXXXXXXXXX, de  17 años de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-asistido en este acto por el Dr. JOSE LUIS GARCIA SOSA, Defensor Público N° 1 del Sistema Penal de Adolescentes del Adolescente, en compañía de su representante legal ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cédula de Identidad N° XXXXXXXXXXXXXXX.  En este Estado la Ciudadana Juez de Ejecución Dra. Isabel Asunta Pannaci,  procede a imponer al adolescente  de sus derechos y garantías constitucionales y legales, como el contenido del Artículo 49 Ordinal 5to de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de los artículos 80, 538 y siguiente de la Sección Tercera de los Derechos y Garantías, 630 de los Derechos de la Ejecución de las Medidas, así mismo  la ciudadana Juez conforme a la citación extendida por el Tribunal a los fines de notificar los motivos del incumplimiento de la sanción de Reglas de Conducta y  Libertad Asistida, consistente en presentaciones cada quince días ante el Tribunal, prohibición de ausentarse de su residencia luego de las 6 horas de la tarde, y orientaciones cada 15 días ante la Trabajadora Social, y Psicóloga adscritos al Sistema Penal,  le exhortó al adolescente  las consecuencias que puede acarrear el incumplimiento injustificado de las medidas impuestas, de conformidad con lo establecido en el artículo 628 parágrafo segundo literal (c) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Seguidamente se  cede la palabra al adolescente IDENTIDAD OMITIDA quien manifestó:”YO ESTABA CONFUNDIDO, POR CUANTO ME HE PRESENTADO EN EL OTRO LADO, EN LA DEFENSORÍA, Y HE VENIDO CADA QUINCE (15) DIAS, TAMBIEN QUIERO DECIR QUE EL DIA 12 DE MARZO ESTUVE ENFERMO, Y CONSIGNO CONSTANCIA DE ATENCION MEDICA. QUIERO DECIR ANTE ESTE TRIBUNAL QUE VOY A CUMPLIR. ES TODO. Acto seguido el Tribunal cede la palabra al ciudadano Pablo Ramos Guzmán, y expone: “Solicito se tome en consideración lo manifestado por mi defendido y se acuerde el incumplimiento como justificado. Es todo.”Acto seguido el Tribunal cede la palabra al Dr. JOSE LUIS GARCIA SOSA   Defensor Público N° 1 del Sistema Penal de Adolescentes quien expone: Solicito a este Tribunal tome en consideración lo expuesto por el adolescente   y se declare el incumplimiento como justificado Es  todo”. Este Tribunal  de Ejecución de la Sección de Adolescente,  visto lo expuesto por el adolescente y por cuanto el mismo consigno en este acto constancia medica que justifique el incumplimiento de su sanción, visto los motivos manifestado por el mismo. Este Tribunal De Ejecución de la Sección de Adolescentes,  en Nombre de La Republica Bolivariana De Venezuela, y de conformidad con lo establecido en el artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, ACUERDA: PRIMERO: Declarar como justificado el incumplimiento de la sanción por parte del adolescente, SEGUNDO: Se acuerda agregar a los autos la constancia médica consignada en este acto. Así se decide. Quedan las partes presentes notificadas de la presente decisión. Siendo las (11.45) horas y minutos  de la mañana. Notifíquese a la fiscal del Ministerio público. Se declara concluida la entrevista. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman.
 LA JUEZ DE EJECUCIÓN
 
 
 Dra. ISABEL ASUNTA PANNACI
 
 
 
 
 EL  ADOLESCENTE
 
 
 IDENTIDAD OMITIDA
 
 EL   DEFENSOR PRIVADO
 
 
 DR. JOSE LUIS GARCIA SOSA
 
 
 
 EL REPRESENTANTE DEL ADOLESCENTE
 
 
 
 IDENTIDAD OMITIDALA  SECRETARIA
 
 ABG. ZAIDA MONTILVA.
 
 
 
 ASUNTO NRO OPO1-P-2007-004171
 
 
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