Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
Tribunal de Ejecución
Sección Adolescentes

La Asunción, 23 de abril de 2008
197° y 149°

Vistas las anteriores actuaciones, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes observa:

En fecha 10 de agosto de 2008 el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 02 de la Sección de Adolescentes, dictó sentencia en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, imponiéndole la sanción de Reglas de Conducta, por el lapso de Seis (06) Meses, sanción que debe cumplir con las obligaciones de: Estudiar o trabajar y Presentarse ante la sede de este tribunal cada treinta (30) días. Sentencia que fue ejecutada por este Tribunal en fecha 03 de octubre de 2007 e impuesta al sancionado el día 10 de octubre de 2007.

En tal sentido visto que de la revisión de las actas se comprueba el cumplimiento del adolescente con las presentaciones ante este Tribunal y la consignación de constancia de trabajo que corre inserta al folio 129.

En virtud de ello y de las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por mandato del artículo 537 de la citada Ley Especial, procede a realizar cómputo de la sanción de Reglas de Conducta, impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDAcon la finalidad de ejercer un mejor control y vigilancia, en tal sentido se observa:

Único : Conforme a la revisión de las actas del expediente se evidencia que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en la sanción de Reglas de Conducta, en la obligación de Presentarse cada treinta (30) días ante la sede de este Tribunal, se ha presentado los días: 10-10-07, 12-11-07, 10-1207 y 10-01-08, lo que representa Cuatro (04) Meses de cumplimiento, que restado del lapso impuesta de Seis (06) Meses, le resta por cumplir con Dos (02) Meses. En cuanto a la obligación de estudiar o trabajar, el adolescente presentó constancia de trabajo, inserta al folio 129 del expediente, de donde se desprende que el adolescente se encuentra trabajando como ayudante de construcción con el Ciudadano German José Jiménez Ramos, desde la fecha 28-11-2007, hasta la fecha de su expedición 30 de enero de 2008, lo que representa un tiempo de Dos (02) Meses y Dos (02) Días, que restados al lapso impuesto le restaría por cumplir Tres (03) Meses y Veintiocho (28) Días. Así se declara.

Cítese al adolescente IDENTIDAD OMITIDAjunto a su defensa a los fines de imponerlo del presente cómputo y de que consigne constancia de trabajo actualizada, para el día jueves quince (15) de mayo de 20908, a las (10:45) horas y minutos de la mañana. Notifíquese a la Fiscal Séptima del Ministerio Público.

EN CONSECUENCIA ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, de conformidad con los artículos 646 y 647 literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por mandato del artículo 537 de la citada Ley Especial, realizó computo en la sanción de Reglas de Conducta impuesta al adolescente, IDENTIDAD OMITIDAarrojando que el sancionado dio un cumplimiento en la sanción de Reglas de Conducta, en la obligación de presentarse cada treinta días ante el Tribunal de Cuatro (04) Meses de cumplimiento, que restado del lapso impuesta de Seis (06) Meses, le resta por cumplir con Dos (02) Meses. En cuanto a la obligación de estudiar o trabajar dio un cumplimiento de Dos (02) Meses y Dos (02) Días, que restados al lapso impuesto le restaría por cumplir Tres (03) Meses y Veintiocho (28) Días. Cítese conforme a la decisión dictada. Notifíquese. Diarícese. Déjese copia del presente auto. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION,


Dra. Isabel Asunta Pannaci


LA SECRETARIA,

Abg. Zaida Montilva Flores


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

LA SECRETARIA,

Abg. Zaida Montilva Flores


Asunto N° OP01-P-2006-004088
IAP / Beatriz Peñaranda (Asistente)