CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN
SECCIÓN ADOLESCENTES
La Asunción, 14 de Abril de 2008
197° y 149°
Vistas las anteriores actuaciones, y por cuanto de la revisión del auto de computo dictado en esta misma fecha, en la causa que se sigue por ante este despacho en contra de los Adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, plenamente identificados en autos, signada bajo el N° OP01-P-2006-004500, este Tribunal en funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes procede a realizar el correspondiente auto de cese por incumplimiento y en consecuencia observa: PRIMERO: En virtud del resultado que arroja el contenido del auto de computo dictado en esta misma fecha en relación a la sanción impuesta, ha transcurrido UN (01) Año, DOS (02) MESES Y DIECISIETE (17) DIAS, sin haber dado cumplimiento a la sanción de Servicios a la comunidad, consistente en la obligación de prestar servicio comunitario ante el Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Porlamar, así pues una vez confrontado el tiempo desde que quedó firme la sentencia con el lapso impuesto para cumplir la sanción, es la razón por la cual lo procedente en el presente caso es decretar la prescripción de la sanción de SERVICIOS A LA COMUNIDAD y en consecuencia la cesación de la misma, de conformidad con lo establecido en los artículos 616 y 645 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY: DECRETA PRESCRITA la sanción de SERVICIOS A LA COMUNIDAD impuesta a los Adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, y en consecuencia LA CESACION de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 616 y 645 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes. Diarícese. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION,
Dra. ISABEL ASUNTA PANNACI
LA SECRETARIA,
Abg. ZAIDA MONTILVA.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
LA SECRETARIA,
Abg. ZAIDA MONTILVA.
ASUNTO N° OP01-P-2006-004500.
IAP/Violeta***
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