REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, Veintiocho (28) de Abril de 2008
197º y 148º
EXPEDIENTE Nº VP01-L-2008-000551
ACTA DE DESISTIMIENTO

PARTE ACTORA: NESTOR JOSE MEZA OCAMPO (NO COMPARECIÒ.) APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (NO COMPARECIÒ), PARTE DEMANDADA: BAKER HUGHES, S.R.L.; APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: HORACIO VEGA BORGHIANI, (Compareció); MOTIVO: DIFERENCIAS PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy lunes veintiocho (28) de Abril de 2008, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.) , fecha y hora fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar previa verificación de los lapsos procesales por secretaría y realizado el anuncio de Ley por el Alguacil de este Circuito Laboral, el Tribunal se avocó al conocimiento de la presente causa, El ciudadano juez de este Tribunal deja constancia de la comparecencia del ciudadano: HORACIO VEGA BORGHIANI apoderado judicial de la demandada, quien presentó instrumento poder en su forma original a los efectus videndi y copias fotostáticas del mismo las cuales se ordenan agregar a las actas previa su certificación. El ciudadano Juez de este Despacho deja constancia de la Incomparecencia del demandante y de su apoderado judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: El desistimiento del procedimiento debido a la no comparecencia del demandante NESTOR JOSÈ MEZA OCAMPO ampliamente identificado en actas, y en consecuencia declara terminado el proceso. Publíquese, Regístrese, Archívese y déjese copia certificada. Se levantó la presente acta a las diez y cuarenta y cinco minutos de la mañana (10:45 a.m.), la cual firman:
EL JUEZ

CARLOS SILVESTRI
LA SECRETARIA

JOSELYN URDANETA

EL APODERADO JUDICIAL DE LA
DEMANDADA DR. HORACIO VEGA B.