ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-002532
PARTE ACTORA: MARIBEL GUILLEN
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CAROLAY PEREA.
PARTE DEMANDADA: OPERADORA DE SERVICIOS MEDICOS, C.A. (O.S.M.)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GLACIRA FRANCO PEREZ,
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, dieciséis (16) de abril de 2008, siendo las 1:45 P.M, comparecen la ciudadana MARIBEL GUILLEN, representado por la abogada CAROLAY PEREA y la abogada GLACIRA FRANCO PEREZ, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil OPERADORA DE SERVICIOS MEDICOS, C.A. (O.S.M.) en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, quienes solicitan al tribunal se realice la Audiencia Preliminar que se encuentra fijada para el día 21 de abril de 2008 a las 2:30 p.m, siendo acordado por el Juez lo solicitado.
Las partes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y con el objeto de facilitar la tarea del juez consignan en tres (03) folios útiles, escrito contentivo de la transacción así como la autorización otorgada a la abogada GLACIRA FRANCO para efectuar dicha transacción, mediante el cual acuerdan cancelar a la trabajadora la cantidad de TRES MIL BOLIVARES FUERTES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 3.000,00), que serán cancelados dentro de treinta (30) días siguientes a la presente fecha.
Este Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia que en este mismo acto fueron entregadas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar, se abstiene de dar por terminado al presente asunto y se abstiene del archivo definitivo del expediente, hasta que se de cumplimiento a lo acordado.
La Juez.
Abg. Marlene Rojas de Siu La Secretaria
Abg. Norelis Mindiola
Los Presentes.
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