REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintitrés de abril de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : VP01-L-2005-001850
Vista la diligencia presentada en fecha tres (03) de octubre de dos mil seis, por la Profesional del Derecho MARINA HERRERA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en este proceso ciudadano WUILIAM ALBERTO DIAZ LUGO, por medio del cual desiste del procedimiento y de la acción, este Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumado el desistimiento del procedimiento efectuado, lo HOMOLOGA, más no así, el desistimiento de la Acción, por cuanto es de orden público e irrenunciable; se le imparte la aprobación del tribunal, pasándolo en autoridad de cosa juzgada declarando terminado el presente juicio que por Prestaciones Sociales siguiera el ciudadano WUILIAM ALBERTO DIAZ LUGO, en contra del INSSTITTUTO MUNICIPAL DE ASEO URBANO DE MARAACAIBO, y se ordena el archivo del expediente.-
DIOS Y FEDERACIÓN

El Juez


Mgs. Hugo Cordero Morillo.




La Secretaria.


Abog. Norelis Mindiola.