REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintidós de abril de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : VP01-L-2007-000495

Visto el escrito presentado en fecha ocho de mayo dos mil siete, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Laboral, suscritos por el abogado JAVIER VILLASMIL CASANOVA, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos JOAQUIN NAVA GONZALEZ, GALA MORALES GARCIA, GUSTAVO MONTIEL GUTIERREZ y WALTER MERIÑO, parte actora y por la parte demandada en este proceso Sociedad Mercantil HOTEL SUITE MILLENNIUM C.:A, la Abogada MARY COLINA, por medio del cual celebran transacción, este Tribunal Decimo Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumada dicha transacción, la HOMOLOGA, por considerar que la misma no menoscaba derechos irrenunciables de los trabajadores, ni lesiona normas de orden público, y cumple los requisitos exigidos por el Artículo Tercero de la Ley Orgánica del Trabajo, pasándola en consecuencia en autoridad de cosa juzgado declarando terminado el presente juicio y ordenando el archivo definitivo del expediente.-

El Juez.


Mgs. Hugo Cordero Morillo.


La Secretaria,


Abog. Norelis Mindiola.