ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-002229
PARTE ACTORA: HENDRY ZERPA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogadas JUDITH ORTIZ, GLENNYS URDANETA y Karin Aguilar, Inpreabogado N° 116.519, 98.646 y 109.506 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: INDUSTRIAS PROCESADORAS DEL MAR, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados Marcelo Marín y Wilmer Portillo, Inpreabogados N° 89.878 y 50.226 respectivamente.
MOTIVO: Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy, 25 de Abril de 2008, siendo las 2:07 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano HENDRY ZERPA en su carácter de parte actora asistido por la apoderada abogada Judith Ortiz en su condición de Procuradora de Trabajadores y INDUSTRIAS PROCESADORAS DEL MAR, C.A en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Marcelo Marín, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada cancela en este acto al demandante ciudadano Henry Zerpa la cantidad de dos mil cuatrocientos bolívares fuertes (Bs.F. 2.400,00) en efectivo. Con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclados en el libelo: antigüedad, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, indemnización sustitutiva de preaviso e indemnización por despido injustificado. Declara el demandante que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado y se ordena el archivo definitivo. En este acto se regresan los escritos de pruebas y sus respectivos anexos.
El Juez
Abog. Antonio Barroso
La Secrewtaria
Los Presentes:
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