ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-000189
PARTE ACTORA: JANETH MORALES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LUIS RAMON VALERO MORAN
PARTE DEMANDADA: CENTRO INTEGRAL DE LA FAMILIA S.C
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LIGIA RINCON
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 18 de Abril de 2008, siendo las 2:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JANETH MORALES asistida en este acto por el abogado LUIS VALERO y CENTRO INTEGRAL DE LA FAMILIA S.C representada por su apoderado judicial abogada LIGIA RINCON, quienes han llegado al siguiente acuerdo el cual es consignado en este acto en 5 folios así como copia simple del cheque cancelando en este acto la cantidad de Doce mil bolívares fuertes (bsf 12.000), agregándose a las actas que conforman el presente asunto, la ciudadana JANETH MORALES manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfechas sus pretensiones y los conceptos reclamados en el libelo de la demanda, vista la exposición de la trabajadora y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo . Este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja constancia que se entrega en este acto el material probatorio consignado por las partes, se ordena el archivo definitivo del presente asunto.

El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes