ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-000134
PARTE ACTORA: ELEAZAR SEGUNDO CASTELLANO SOTO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DIANA BRIÑEZ
PARTE DEMANDADA: DISTRIOSICA, C.A., OSIRIS, C.A., DISTRIBUIDORA CRONO 2000, C.A. y DISTRIBUIDORA GLEYMAR, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DEYSI MADUEÑO Y YASNELIS HERNDEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy,14 de Abril de 2008, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ELEAZAR SEGUNDO CASTELLANO SOTO asistido en este acto por la abogada DIANA BRIÑEZ y las sociedades mercantiles DISTRIOSICA, C.A., OSIRIS, C.A., DISTRIBUIDORA CRONO 2000, C.A., DISTRIBUIDORA GLEYMAR, C.A empresas estas representadas por sus apoderados judiciales abogados DEYSI MADUEÑO y YASNELIS HERNADEZ, quienes han llegado al siguiente acuerdo el cual es consignado en este acto en 7 folios agregándose a las actas que conforman el presente asunto, una vez revisado el contenido del mismo y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo . Este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes, se proveen las copias certificadas solicitas y se ordena el archivo definitivo del presente asunto.

El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes