REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA



Maracaibo, 26 de Abril de 2007
196° y 147°

Visto el escrito presentado por el ciudadano CARLOS JAVIER CHOURIO, en su carácter de Fiscal Undécimo del Ministerio Público, mediante el cual informa a este Despacho acerca del archivo Fiscal dictado en el presente causa, de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, y solicita sea decretado el cese de las medidas cautelares impuestas en el presente caso, este Tribunal para resolver observa:
Alega, la representante fiscal en el escrito que por ante ese Despacho fiscal se recibe denuncia interpuesta por la ciudadana MARIBEL COROMOTO FERNANDEZ, en contra de su cónyuge Faustino Matute, quien fuera presentado por ante el Tribunal de primera Instancia de este circuito Penal en funciones de Control y le fuera decretada medida cautelar sustitutiva de libertad y el procedimiento abreviado, y en fecha 07 de Septiembre de 2006 se realizó audiencia de conciliación entre las partes, alega igualmente el Fiscal del Ministerio Público que del resultado de la investigación, no existen en actas suficientes elementos para llenar los extremos exigidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal para formular una acusación, ni los exigidos en el artículo 318 Ejusdem para solicitar el sobreseimiento de la causa, por lo que procedió a decretar el archivo fiscal de la investigación, sin perjuicio de la reapertura de la investigación para el caso de surgir nuevos elementos de convicción.
Del análisis de las actas se evidencia que los hechos objetos del proceso sucedieron el día 27/08/2006, aproximadamente a las 2:00 de la mañana, cuando el oficial Jenffor Ferrer, adscrito a la Policía del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en labores de patrullaje por el Barrio Los Manantiales III calle 216 con Av. 50, fue informado que en la Calle 7 casa 274 del Barrio Santa Fe, se encontraba una ciudadana de nombre Maribel Coromoto Fernández que era amenazada por su marido, y al llegar al sitio, pudieron constatar la situación, siendo señalado como el autor de las agresiones el ciudadano MATUTE FAUSTINO, por lo que fue detenido en el acto.
En fecha 28/08/2006, el ciudadano MATUTE FAUSTINO, fue presentado por ante el Juzgado Noveno de Primera Instancia de este Circuito Penal en funciones de Control, por la presunta comisión del delito de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 6 de la Ley Sobre La Violencia Contra La Mujer y La Familia, en perjuicio de la ciudadana Maribel Fernández; y en esa misma fecha fue decretada en su contra medida cautelar sustitutiva de conformidad con el ordinal 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.
Del escrito recibido del Despacho de la Fiscalia Undécima del Ministerio Público, se evidencia que fue decretado el archivo fiscal de las actuaciones que conforman la presente investigación, de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.
El artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal establece: “Cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar, el Ministerio Público decretará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. De esta medida deberá notificarse a la victima que haya intervenido en el proceso. Cesará toda medida cautelar decretada en contra del imputado a cuyo favor se acuerda el archivo. En cualquier momento la victima podrá solicitar la reapertura de la investigación indicando las diligencias conducentes.”
Ante tales circunstancias, considera quien aquí decide, procedente y ajustado a derecho decretar el cese de la medida cautelar sustitutiva de libertad y la cualidad de imputado al ciudadano MATUTE FAUSTINO, por la comisión de los Delitos de AMENZAS Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos sancionados en los artículos 16 y 6 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIBEL FERNANDEZ; que le fueran decretadas por el Juzgado Noveno de este circuito Judicial Penal en funciones de Control, conforme al ordinal 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Todo de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en funciones de juicio, constituido en forma unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, que le fueran decretadas por el Juzgado Noveno de este circuito Judicial Penal en funciones de Control, conforme al ordinal 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, y la cualidad de Imputado al ciudadano FAUSTINO MATUTE, de Nacionalidad Colombiana, Natural de Boquillas Bolívar, de 32 años de edad, soltero, de profesión u oficio técnico en refrigeración, Hijo de Eugenio Miranda y Elvia Matute, y residenciado en el Barrio Santa Fe II calle 12 entrando por las Tablillas Municipio san Francisco estado Zulia, por la comisión de los Delitos de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLOGICA CONTRA LA MUJER, previstos sancionados en los artículos 16 y 6 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, cometido en perjuicio de la ciudadana Maribel Fernández. De conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente decisión y notifíquese.
LA JUEZ SEGUNDA DE JUICIO

DRA. ELIDA ELENA ORTIZ
LA SECRETARIA (S)

DRA. KAREN MATA

En esta misma fecha se registró la presente decisión bajo el número 041-07 en el Libro respectivo y se libraron boletas de notificación bajo el N° de oficio 890-07.

LA SECRETARIA (S)

DRA. KAREN MATA

CAUSA. 2U-067-06.-