REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO ZULIA
EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA

Santa Bárbara de Zulia, 20 de Abril de 2007
197º y 148º

Decisión N° 0160 – 2007. Causa N° C01.1685.2007.

Estando el Tribunal dentro de la oportunidad legal establecida en el artículo 177 del Código Orgánico Procesal Penal, entra a decidir la solicitud de examen y revisión de las medidas impuestas a los ciudadanos FRANKLIN MAESTRE y ELVIA MARTINEZ, presentado por el Defensor Público, Abogado SERGIO DAVID ARAMBULO ARAMBULO. Al respecto, el Tribunal observa.

Aduce el defensor público tercero, Abogado SERGIO DAVID ARAMBULO ARAMBULO, que en fecha 11-02-2007, fueron presentados por ante este Tribunal sus defendidos FRANKLIN MAESTRE y ELVIA MARTINEZ, a quienes la Fiscalía XVI del Ministerio Público, les imputó la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, para el primero de los mencionados y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO. Que el Tribunal decidió a favor de los mismos las medidas cautelares sustitutivas de libertad, como es la presentación periódica cada ocho días por ante este Despacho, a no ausentarse sin autorización de la Jurisdicción del Tribunal, someterse al proceso, a no obstaculizar la investigación y abstenerse de cometer nuevos delitos. Que sus representados han venido dando cabal y fielmente cumplimiento a las medidas cautelares que les fueron impuestas. Que estas, están obstaculizando el buen desempeño de sus respectivos trabajos por lo seguido de las presentaciones. Por lo que solicita por vía de examen y revisión, se les extienda el plazo de presentaciones periódicas a sus defendidos de cada ocho (08) días a treinta (30) días y la prohibición de salida sea cambiada de la Jurisdicción del Tribunal o del país.

Así las cosas, el Juzgador observa.

El Defensor Público Abogado SERGIO DAVID ARAMBULO ARAMBULO, con el carácter antes indicado, fundamenta la solicitud de examen y revisión de las medidas impuestas a los ciudadanos FRANKLIN MAESTRE y ELVIA MARTINEZ, en, que por lo seguido de las presentaciones periódicas les está obstaculizando el buen desempeño de sus respectivos trabajos. Ahora bien, el defensor público en modo alguno produjo junto con la referida solicitud, elementos de convicción que demuestren que las presentaciones periódicas de ocho días impuestas a los imputados FRANKLIN MAESTRE y ELVIA MARTINEZ, les esté obstaculizando el buen desempeño de sus trabajos. Por lo que siendo esto así, se deniega dicho pedimento. Así se decide.


Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DENIEGA el pedimento formulado por el Abogado SERGIO DAVID ARAMBULO ARAMBULO, en su condición de defensor de los ciudadanos FRANKLIN MAESTRE y ELVIA MARTINEZ, relacionado con la solicitud de examen y revisión de las medidas cautelares impuestas a sus defendidos, por cuanto en modo alguno produjo junto con la referida solicitud, elementos de convicción que demuestren que las presentaciones periódicas de ocho días impuestas a los imputados FRANKLIN MAESTRE y ELVIA MARTINEZ, les estén obstaculizando el buen desempeño de sus trabajos. Regístrese la presente decisión. Notifíquese al defensor. Cúmplase.

El Juez de Control,



Abg. José Luis Molina Moncada.


La Secretaria,
Abg. Lixaida María Fernández.

En la misma fecha y conforme a lo ordenado se cumple con lo acordado, se asentó la presente decisión bajo el N° 0160 - 2007 y se ofició bajo el N° 0666 - 2007.

La Secretaria,
Abg. Lixaida María Fernández.-