REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Maracaibo, 23 de Abril de 2007
196° y 148°
ACTA DE PRESENTACION DE IMPUTADO
CAUSA No. 9C-356-04
JUEZ 9° DE CONTROL: ABOG ERIKA MILENA CARROZ PEREA
FISCAL 10 DEL MINISTERIO PUBLICO, ABOG. CARMEN ELOINA PUENTE
VÍCTIMA (S): EDO. VENEZOLANO
IMPUTADO (S): YORKLIS VILLASMIL URDANETA
DELITO(S): PORTE ILÍCITO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 277 de Código Penal
DEFENSOR: ABOG. JOSÉ RAFAEL GALLARDO NAVA Público ( ) Adscrito a la Unidad Autónoma de Defensa Público – Privado ( X ) inscrito en el inpreabogados bajo el No. 17.333
SECRETARIA: ABOG. VERONICA VALBUENA
En el día de hoy veintitrés (23) de Abril de 2007, siendo las dos y veintitrés de la tarde (2:23 p.m.) se presentó ante este Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido en el Palacio de Justicia, avenida 15 Las Delicias, piso 2, la Jueza Séptima de Control Abog. ERIKA MILENA CARROZ PEREA, junto con la secretaria constituida en su sede ABOG. VERONICA VALBUENA, se procede a escuchar la exposición del Fiscal del Ministerio Público.
EXPOSICION FISCAL
Presente la Ciudadana CARMEN ELOINA PUENTE, Fiscal Décima del Ministerio Público, expuso: “Pongo a la Orden de este Tribunal al Imputado YOERKLIS VILLASMIL URDANETA, titular de la Cedula de identidad N° 12.380.874, quien fuera aprehendido por funcionarios adscrito al Instituto Autónomos de la Policía del Municipio San Francisco, en virtud de la orden de aprehensión ordenada por este Tribunal. Asimismo, solicito se fije la Audiencia oral a la que haya lugar en la oportunidad respectiva. Es todo.”
IDENTIFICACION DEL IMPUTADO
Seguidamente el imputado previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, quien dijo ser y llamarse como ha quedado escrito: YOERKLIS VILLASMIL URDANETA, de 33 años de edad, casado, de oficio Empresario, residenciado en la Urb. La Coromoto, calle 163, casa 44-43, cerca de la CANTV. Seguidamente este Tribunal deja constancia de las características fisonómicas del imputado de 1,78 aproximadamente de estatura, de piel Blanca, de ojos marrones, de nariz mediana y perfilada, de labios finos, de cejas poco pobladas, de orejas medianas, De contextura gruesa. De cabello liso de color castaño claro. Se deja constancia que el imputado de autos presenta cicatriz en el ojo y mejilla izquierda. Es todo.
Seguidamente examinadas las actas y demás recaudos presentados por la Fiscal del Ministerio Publico, el imputado manifestó SI tener abogado que lo asista, siendo este el ABOG. JOSÉ RAFAEL GALLARDO NAVA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 17.333, quien se encuentran presente en este acto y expuso: ”Acepto el cargo de Defensor del mencionado ciudadano y Juro cumplir con todas la obligaciones inherente en dicho cargo, asimismo manifiesto que mi domicilio procesal se encuentra ubicado en AV. PRINCIPAL LA POMONA, CONJUNTO RESIDENCIAL LAS ROSAS, TORRE B, APTO 1-B, TELEF. 0416-1615166 ”. Es todo. Seguidamente el imputado de autos fue impuesto de sus Derechos previstos en el articulo 125 y el 131 del Código Orgánico Procesal Penal y de las Garantías Constitucionales prevista en el articulo 49 ordinal 5º de nuestra Carta Magna, el cual establece su Derecho a no rendir declaración sin que ello constituya perjuicio en su contra, así como del hecho que se le imputa, y el imputado manifestó su deseo de rendir declaración y estando libre de Juramentos, prisiones, apremios y coacciones, quien expuso “me comprometo a asistir a la fecha fijada por este Tribunal para la celebración de la Audiencia Oral en la causa que se sigue en mi contra. Es todo”
EXPOSICION DE LA DEFENSA
Seguidamente le fue concedida la palabra a la Defensa quien expuso: “Solicito a este digno tribunal decrete la Liberta plena a mi defendido, imputado YOERKLIS VILLASMIL URDANETA, de conformidad a lo establecido en el articulo 44.1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, por cuanto el mismo fue aprehendido el día viernes 20 de Abril del presente año, evidenciándose que ha transcurrido el lapso de las 48 horas, asimismo en este estado se compromete el imputado a comparecer el día fijado por este Tribunal para la celebración de la Audiencia Oral establecida en el articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo.”
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
En este acto, oídas las exposiciones de la Representación Fiscal, de la Defensa, de los Imputados y de la víctima, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Acuerda la LIBERTAD INMEDIATA al imputado YOERKLIS VILLASMIL URDANETA, de 33 años de edad, casado, de oficio Empresario, residenciado en la Urb. La Coromoto, calle 163, casa 44-43, cerca de la CANTV. Seguidamente este Tribunal deja constancia de las características fisonómicas del imputado de 1,78 aproximadamente de estatura, de piel Blanca, de ojos marrones, de nariz mediana y perfilada, de labios finos, de cejas poco pobladas, de orejas medianas, De contextura gruesa. De cabello liso de color castaño claro. Se deja constancia que el imputado de autos presenta cicatriz en el ojo y mejilla izquierda por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA previsto y sancionado en 278 del Código Penal cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO
SEGUNDO: Ordena oficiar al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite" a los fines de hacer de su conocimiento la decisión dictada por esta Juzgadora
TERCERO: se Fija Audiencia Oral de conformidad con lo establecido en el articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, para el día DIECISEIS (16) DE MAYO DE 2007, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, quedando las partes presentes notificadas de la presente fecha
CUARTO: Se publica por separado el texto integro de la decisión dictada, de lo cual quedan legalmente notificadas todas las partes.
Se da por concluido el acto, siendo las Once y Cincuenta (1:50) de la tarde.. Es Todo, Se Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ DE CONTROL,
ABOG ERIKA MILENA CARROZ PEREA
LA FISCAL,
ABOG. CARMEN ELOINA PUENTE
EL IMPUTADO,
YOERKLIS VILLASMIL URDANETA
LA DEFENSA,
ABOG. JOSÉ GALLARDO NAVA
LA SECRETARIA,
ABOG. VERONICA VALBUENA.
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