REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION
SECCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
197° Y 147°


ACTA DE REVISION DE LAS SANCIONES APLICADAS
Causa Nº 1E- 872-05 Resolución No. 195 -07
En fecha de hoy, Miércoles Once (11) de Abril del año dos mil siete (2007), siendo las (9:30) de la mañana, presentes en el Despacho la Juez de este Juzgado DRA. GUADALUPE SANCHEZ CARIDAD, conjuntamente con el Secretario ABOG. ANDRES URDANETA, la Fiscal Trigésima Séptima Especializado del Ministerio Público DRA. JOSEFA PINEDA ARMENTA, el Defensor Publico Especializado Nº 5 Abogado JIMMY GONZALEZ, estando en este acto presente el joven adulto (OMITIDO NOMBRE POR CONFIDENCIALIDAD), titular de la cédula de identidad Nº 18.649.906, previa notificación de la presente Audiencia, en la cual se ordena la revisión del cumplimiento de las sanción impuesta al joven adulto antes mencionado. En este Estado el Tribunal le concede la palabra al Defensor Público, quien expone: “Solicito al Tribunal del análisis realizado a la presente causa se puede observar que el adolescente (OMITIDO NOMBRE POR CONFIDENCIALIDAD), ha cumplido fiel y cabalmente con la sanción impuesta por este Tribuna referente a la imposición de Reglas de Conducta, obligaciones éstas que aparecen consignadas en la presente causa tales como son : constancia de Estudio, de trabajo, deportiva, así como la constancia de la arquidiócesis de Maracaibo y una vez verificadas éstas por el Tribunal estamos en presencia de un cumplimiento de obligaciones aunado a la fecha de cumplimiento de la sanción que era de seis (06) meses tomando como fecha de inicio de la Imposición de Reglas de Conducta el día 02-08-2006 hasta el día de hoy, han transcurrido mas de seis meses razón por la cual la defensa solicita en este acto decrete el cese de la sanción por cumplimiento de la misma y decrete la Libertad Plena de conformidad a lo establecido en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente dando cumplimiento de esta manera al debido proceso y al interés superior del adolescente, asimismo solicito copia simple de la presente audiencia, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra al joven adulto (OMITIDO NOMBRE POR CONFIDENCIALIDAD), quien expuso:”Estoy de acuerdo con lo solicitado por mi defensor Público, es todo”. Seguidamente el Tribunal le concede la palabra al Fiscal Trigésimo Primero del Ministerio Público, quien expuso:”No tengo objeción alguna con el cese de la causa por cuanto se evidencia que el joven sancionado ha cumplido con las obligaciones, es todo”. Cumplida como ha sido la sanción de Imposición de Reglas de Conducta por parte del joven sancionado, ante este Tribunal tal y como se evidencia del contenido de las actas así como también el plazo de cumplimiento de la misma este tribunal ORDENA EL CESE DE LA SANCIÒN DE IMPOSICIÒN DE REGLAS DE CONDUCTA de conformidad con el contenido del artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente literal h), el CIERRE DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA el ARCHIVO JUDICIAL DE LA MISMA, y la LIBERTAD PLENA del mencionado adolescente. Y ASI SE DECIDE. Este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, En consecuencia este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: ORDENA EL CESE DE LA SANCIÒN DE IMPOSICIÒN DE REGLAS DE CONDUCTA de conformidad con el contenido del artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente literal h) , el CIERRE DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA el ARCHIVO JUDICIAL DE LA MISMA, y la LIBERTAD PLENA en favor del adolescente (OMITIDO NOMBRE POR CONFIDENCIALIDAD). Se ordena oficiar a la Oficina de Trabajo social a los fines de hacer de su conocimiento de la decisión dictada por este tribunal. Se ordena registrar la presente decisión bajo el N° 196-07. Culmino la presente audiencia siendo las once de la mañana.-Termino se leyó y conforme Firman.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. GUADALUPE SANCHEZ CARIDAD
FISCAL 31º ESPECIALIZADO

DR. OSCAR CASTILLO




DEFENSOR PÚBLICO 05°

ABOG. JIMMY GONZALEZ

EL JOVEN ADULTO,


(OMITIDO NOMBRE POR CONFIDENCIALIDAD)


EL SECRETARIO

ABOG. ANDRES URDANETA

Causa 1E-872-05