REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESUS MARIA SEMPRUN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA


EXPEDIENTE: 00378
CAUSA: AUMENTO DE PENSION DE ALIMENTO
PARTES: DEMANDANTE: CARMEN EUGENIA CONTRERAS
DEMANDADO: IDILIO ANTONIO SÁNCHEZ INCIARTE



Visto el acta de conciliación inserta al folio 02 de la presente causa, suscrito entre el RECLAMADO IDILIO ANTONIO SÁNCHEZ INCIARTE y la RECLAMANTE: CARMEN EUGENIA CONTRERAS, suscrita por ante el Defensor Público Segundo para el Área de Protección del Niño y del Adolescente de la Unidad de Defensa Pública Extensión Santa Bárbara del Zulia en fecha: 20-03-07 a favor de la niña: LEIDYMAR TERESA SÁNCHEZ CONTRERAS, este Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, homologa el convenimiento, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y lo declara cosa juzgada. Se ordena el archivo del expediente.-
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprùn de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Encontrados a los nueve días del mes de abril del año dos mil siete.-Años 196ª y 148ª.-.-.-.-
La Jueza,

Abog. Mariladys González González
El Secretario,
Wilmer Enrique Ocando Fernández
En la misma fecha y conforme a lo ordenado se archiva el expediente, quedando anotada bajo el número: 06 de las Sentencias Interlocutorias.-
El Secretario,

Wilmer Enrique Ocando Fernández