REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
COMISIÓN: 3534-07
En el día de hoy doce (12) de abril del año dos mil siete (2007), siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana (10:40 AM), de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte, se trasladó y constituyó éste JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de BOLIVAR BANCO, Agencia Estación Financiera 5 de Julio, ubicada en la calle 77 (5 de Julio), Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por la apoderada judicial de la parte actora abogada PATRICIA GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 10.919.999, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 60.208, a objeto de continuar llevando a efecto la ejecución de la MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VIA EJECUTIVA) sigue el ciudadano HUGO ALBERTO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 2.626.897, en contra de la Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES VALE C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 26 de febrero de 1986, anotada bajo el No. 10, tomo 3-A. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana MAIREN DEL ROSARIO MEDINA ZABALA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 12.757.466, quien se identificó como EJECUTIVA DE NEGOCIOS de la Agencia. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora abogada PATRICIA GONZÁLEZ, antes identificada, expuso: “Señalo para ser embargado el saldo que posea la cuenta corriente Nos. 01500118600200000094, la cual pertenece a la parte demandada Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES VALE C.A., antes identificada, todo hasta cubrir el monto restante de la suma decretada por el Juzgado de la causa”. Acto seguido el Tribunal ordena a la notificada MAIREN DEL ROSARIO MEDINA ZABALA, ya identificada, a informar a este Juzgado si existen en esta institución la cuenta corriente No. 01500118600200000094, señalada por la parte ejecutante, asimismo se ordena informe si la misma pertenece a la parte demandada Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES VALE, C.A., antes identificada, y si posee saldo suficiente para cubrir la suma decretada por el juzgado de la causa. Acto seguido la notificada MAIREN DEL ROSARIO MEDINA ZABALA, antes identificada, expuso: “Si existe en esta institución las cuenta corriente No. 01500118600200000094, y la misma pertenece a la Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES VALE, C.A., antes identificada, y para este momento posee un saldo disponible de UN MILLÓN SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON ONCE CÉNTIMOS (Bs. 1.779.879,11). Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, la cantidad de UN MILLÓN SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON ONCE CÉNTIMOS (Bs. 1.779.879,11), depositada en la cuenta No. 01500118600200000094, perteneciente a la parte demandada Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES VALE, C.A., antes identificada. Acto seguido el Tribunal ordena a la persona notificada ciudadana MAIREN DEL ROSARIO MEDINA ZABALA, antes identificado, a elaborar un cheque de gerencia a nombre del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, por el monto embargado en este acto, el cual debe ser remitido a la sede del juzgado mencionado, ubicada en la Sede Judicial Torre Mara, avenida 2 El Milagro, Maracaibo Estado Zulia, sede del Poder Judicial. Acto seguido la notificada MAIREN DEL ROSARIO MEDINA ZABALA, antes identificado, expuso: “Me doy por notificada de la medida ejecutada en este acto y desde ya impartiré ordenes para darle cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal”. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora abogada PATRICIA GONZÁLEZ, antes identificada, expuso: “Por cuanto el monto embargado en este acto no cubre la suma decretada por el juzgado de la causa, me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad de la demandada hasta cubrir la totalidad del monto señalado en la comisión, para lo cual pido al tribunal se traslade a la dirección que oportunamente señalaré”. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las once y diez minutos de la mañana (11:10 AM), del día de hoy.
LA JUEZ
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
LA NOTIFICADA – GERENTE DE LA AGENCIA
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
EL SECRETARIO
ABOG. JOSE A SOTO ASPRINO
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