REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

El día de hoy, 11 de Abril del año Dos Mil SIETE, siendo las 10:55 de la Mañana, día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida preventiva de Embargo decretada en el Juicio de ALIMENTOS, seguido por la Ciudadana: ANA HILDA CHIQUINQUIRA CASTRO titular de la cedula de identidad Nº V- 10.206.943 contra el Ciudadano: PABLO QUINTERO, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.660.224, por ante JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas.- y para lo cual fue Comisionado este Tribunal.-A señalamiento de la parte actora ciudadana ANA HILDA CHIQUINQUIRA CASTRO, antes identificada y asistida en este acto por la abogada en ejercicio ROSSANA ANDREWS CASTILLO, titular de la cedula de identidad Nº V-7.732.160 e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº33750, se trasladó y constituyó este Organo Ejecutor de Medidas en la sede de la Empresa ZARAMELLA Y PAVAN Z&P C.A, ubicada en la Calle Independencia, sin numero sector las Morochas en Ciudad Ojeda Municipio Lagunillas .- Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano (a): ANTONIO ALVARADO HERNANDEZ, Venezolano (a), Mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número: V- 3.634.238 en su carácter de: JEFE DE RELACIONES INDUSTRIALES de la Empresa ZARAMELLA Y PAVAN Z&P C.A .- En este estado presente la parte actora con la asistencia antes dicha expuso: Señalo al tribunal para que sea embargado preventivamente PRIMERO: EL TREINTA POR CIENTO (30%) del SUELDO O SALARIO, que le pueda corresponder al ciudadano : PABLO QUINTERO, como trabajador al servicio de esa empresa, la cual deberá ser entregada directamente a la demandante ciudadana ANA HILDA CHIQUINQUIRA CASTRO, antes identificada.- SEGUNDO: EL TREINTA POR CIENTO (30%) por concepto de BONO VACACIONAL, UTILIDADES, que le puedan corresponder al demandado ciudadano PABLO QUINTERO, antes identificado en el presente año y una vez se haga efectiva la presente medida la cantidad correspondiente debera ser remitida al JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en cheque de gerencia a nombre del mismo.- En este estado, este Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Lagunillas Simón Bolívar, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE: PRIMERO: EL TREINTA POR CIENTO (30%) del SUELDO O SALARIO, que le pueda corresponder al ciudadano : PABLO QUINTERO, como trabajador al servicio de esa empresa, la cual deberá ser entregada directamente a la demandante ciudadana ANA HILDA CHIQUINQUIRA CASTRO, antes identificada.- SEGUNDO: EL TREINTA POR CIENTO (30%) por concepto de BONO VACACIONAL, UTILIDADES, que le puedan corresponder al demandado ciudadano PABLO QUINTERO, antes identificado en el presente año y una vez se haga efectiva la presente medida la cantidad correspondiente debera ser remitida al JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en cheque de gerencia a nombre del mismo.- En este estado, presente el Ciudadano (a): ANTONIO ALVARADO HERNANDEZ, en su carácter de: JEFE DE RELACIONES INDUSTRIALES de la empresa ZARAMELLA Y PAVAN Z&P C.A anteriormente identificado expuso: “ Me doy por notificado de la Medida Preventiva ejecutada por este Tribunal constituido..- Es todo. Siendo las 11:00 de la Mañana Concluyó el Acto.- Terminó, se leyó y Conformes Firman.

LA JUEZ,
DRA. ILVA PIRELA ROMERO

EL NOTIFICADO
LA PARTE ACTORA Y SU
ABOGADO ASISTENTE



LA SECRETARIA TEMPORAL
MIVIR MARCANO