REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 25 de Abril de 2007
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2004-000091
ASUNTO : NP01-D-2004-000091
JUEZ: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. LILIANA SUAREZ
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
DELITO: ROBO AGRAVADO
FISCAL: ABG. MIRIAN GARELLI
DEFENSOR PUBLICO 1°: ABG. MIGDALIS BRITO
RESOLUCION: REVISIÓN DE LA MEDIDA
De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida de Libertad Asistida, que cumple el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, a cumplir la MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de DOS (02) AÑOS y SIMULTANEAMENTE SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de SEIS MESES (06) MESES, de conformidad con lo establecido en los artículos 626 y 625 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente, procediendo este Tribunal a hacerlo en los términos siguientes:
En fecha 13 de Julio se realizó Audiencia Preliminar por ante el Tribunal Primero de Control Adolescentes del Estado Monagas donde fue condenado el adolescente IDENTIDAD OMITIDA la sanción de DOS (02) AÑOS bajo la Medida LIBERTAD ASISTIDA y de forma simultánea SEIS (06) MESES bajo la Medida Servicios a la Comunidad por la comisión del delito ROBO AGRAVADO.
En fecha 20 de Septiembre del 2006 es realizada la Ejecución y Cómputo de la sanción y en fecha 25 de Septiembre del 2006 fue impuesto el sancionado IDENTIDAD OMITIDA, del contenido de las medidas y del ente que se encargaría de su vigilancia y seguimiento, siendo el Departamento Social de este Circuito Judicial Penal.
En fecha 17 de Enero del 2007, se revisó la medida impuesta al prenombrado sancionado, y en la cual se determinó había dado cumplimiento a la medida Libertad Asistida por el lapso de TRES (03) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS y le falta por cumplir UN (01) AÑO OCHO (08) MESES y OCHO (08) DIAS bajo la medida Libertad Asistida y SEIS (06) MESES bajo la Medida Servicios a la Comunidad.
Asimismo, se observa informe emanado del Departamento de Servicio Social de esta Sección de Adolescentes, oficio N°-055-07, en el cual manifiesta la Licenciada Maritzabel Candurín, que el prenombrado sancionado, asistió de manera puntual a las presentaciones pautadas; manteniendo un comportamiento acorde con las exigencias y requerimientos inherentes a la sanción otorgada; Igualmente se observa Oficio emanado del Cuerpo de Bomberos, en el cual se señala que el sancionado IDENTIDAD OMITIDA, ha estado asistiendo y cumpliendo con la medida de Servicios a la Comunidad .
Se observa que desde el Día 17 de Enero del 2007, hasta el día de hoy 25 de Abril del 2007 cumplió Tres (03) Meses y Ocho (08) Días, que al sumarlos a los Tres (03) Meses y Veintidós (22) Días que había cumplido hacen un total de Siete (07) Meses, faltándole por cumplir Un Año y Cinco Meses de la Medida de Libertad Asistida, y de manera simultanea continuará el cumplimiento de la Medida de Servicios a la Comunidad, hasta tanto cumpla íntegramente los Seis (06) Meses establecidos.
Como quiera que se evidencia que el sancionado IDENTIDAD OMITIDA ha cumplido con las medidas impuestas, considera este Tribunal conveniente MANTENER LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA y Simultáneamente SERVICIOS A LA COMUNIDAD a los fines de lograr el pleno desarrollo de las capacidades del adolescente.
SANCIONADO
IDENTIDAD OMITIDA
DELITO
ROBO AGRAVADO
MEDIDA IMPUESTA
LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de DOS (02) AÑOS y SIMULTANEAMENTE SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de SEIS MESES (06) MESES
HA CUMPLIDO DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA
SIETE (07) MESES
LE FALTA POR CUMPLIR
UN (01) AÑO Y CINCO (05) MESES
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA por el lapso de DOS (02) AÑOS y SIMULTANEAMENTE SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de SEIS MESES (06) MESES, faltándole por cumplir de la Medida de Libertad Asistida Un (01) Año y Cinco (05) Meses; Se fija como fecha de la próxima revisión el día el día 25 de Julio del 2007, fecha esta en la cual se cesará la medida de Servicios a la Comunidad. Impóngase del presente auto al sancionado. Notifíquese al Fiscal Décimo Especializado del Ministerio Público y a la Defensor Público Especializado. Ofíciese y envíese Copia Certificada al Departamento de Servicio Social de esta Sección Penal de Adolescentes. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.
LA SECRETARIA,
ABG. LILIANA SUAREZ.
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