ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: 14.418
PARTE ACTORA: ALONSO ENRIQUE OJEDA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: C.A.N.T.V
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ODA CAROLINA VERDE
MOTIVO: JUBILACIÓN


Hoy, once (11) de abril de dos mil siete (2.007), siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 AM), tuvo lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar SE DEJA CONSTANCIA DE LA COMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDADA representada en este acto por la ciudadana ODA CAROLINA VERDE, venezolana, mayor de edad, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 87.688; titular de la cédula de identidad número 13.550.658; se deja expresa constancia que la PARTE ACTORA NO COMPARECIÓ a la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, éste Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Laboral Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se ordena notificar al Procurador General de la República de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley de la Procuraduría General de la República PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 196 ° y 148°.

LA JUEZ,

DRA. ANA ÁVILA LA PARTE COMPARECIENTE

AA/IV/mng LA SECRETARIA,