REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, 16 de abril de 2007
196º y 147º

HOMOLOGACION DE TRANSACCION.
MEDIACION

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2006-002102
PARTE ACTORA: GERARDO FARIA, titular de la cédula de identidad: 15.280.764 PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES INDUSTRIALES Y NAVALES SOCIEDAD ANÓNIMA. (CONINAV, S.A.)
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el expediente, se pudo constatar que el ex -trabajador ciudadano GERARDO FARIA, titular de la cédula de identidad: 15.280.764 suscribió el acta de transacción presentada por ante este Tribunal, en fecha 14 de marzo de 2007, asimismo la suscribió debidamente asistido por la Procuradora de los Trabajadores abogada Johanna Arias, Inpreabogado: 85.304, el recibo emitido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial laboral; esto por una parte y por la otra la abogada Maria Araujo , Inpreabogado: 22.484, actuando en representación de la Sociedad Mercantl CONSTRUCCIONES INDUSTRIALES Y NAVALES SOCIEDAD ANÓNIMA. (CONINAV, S.A.). Ahora bien, revisada como ha sido la transacción presentada, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la misma, observa que reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, se declara terminado el proceso y se ordena el archivo definitivo del expediente. Se ordena entregar a las partes las pruebas consignadas al inicio de la audiencia preliminar; Así se decide. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez



Mgs. Judith del Carmen Castro. La Secretaria.

JC/jc