REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-000010

PARTE ACTORA: ANDRY JESUS MATA GUTIERREZ

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada Jenny Josefina Quero, Inpreabogado N° 68.559.

PARTE DEMANDADA: SERVICIOS VIP C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados José Bohórquez y Laili Castellano, Inpreabogados N° 73.499 y 71.120 respectivamente.

MOTIVO: Cobro de prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 17 de Abril de 2007, siendo las 9:44 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la apoderada judicial abogada Jenny Quero en representación del demandante y el ciudadano Alfredo Parra Leal en su condición de Presidente de SERVICIOS VIP, C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente asistidos por los abogados José Bohorquez y Laili Castellano Ferrer, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará el día 26/04/07 a las 10:00 a.m. en la sede del Tribunal la cantidad de (Bs. 1.968.909,00), con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: bono vacacional fraccionado, vacaciones fraccionadas, utilidades, prestación de antigüedad, indemnización por despido injustificado, indemnización sustitutiva de preaviso y bono nocturno. Declara el demandante que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se ordena no archivar el presente expediente hasta tanto conste en actas la totalidad de los pagos.
La parte demandada consigna Acta constitutiva y última Acta de asamblea en copia simples en cuatro (4) folios y tres (3) folios respectivamente.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaría

Los Presentes