REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, catorce de mayo de dos mil siete
197º y 148º
ASUNTO: VP01-L-2006-001009
Visto el escrito presentado por ante la Unidad de Recepción de Documentos del Circuito Judicial Laboral de Maracaibo, en fecha ocho (08) de Mayo de 2.007, donde, el ciudadano SERGIO BARBOZA amplia y suficientemente identificado en autos, deja expresa constancia del desistimiento del procedimiento, es por lo que, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA y da por consumado el desistimiento del mismo. ; Se imparte su aprobación pasándolo en autoridad de COSA JUZGADA. Igualmente, no se condena en costas a la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo. Declarando terminado el presente procedimiento en el juicio que por ACCIDENTE DE TRABAJO sigue el ciudadano SERGIO BARBOZA en contra de las co- demandas INVERSIONES KUNANA, REPSOL YPF Y PETREX C.A.. Ordenándose el archivo del presente.-
DIOS Y FEDERACIÓN
El Juez
Abg. Frank Guanipa
La Secretaria

¨2006, Año Bicentenario del Juramento del Generalísimo Francisco de Miranda.