ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2006-000899
PARTE ACTORA: ABRAHAN CARDENAS
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Segundo Páez.
PARTE DEMANDADA: CONSCARVI C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: María Franchi.
MOTIVO: Diferencias de Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,12 de Abril de 2007, siendo las 2:10 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ABRAHAN CARDENAS y CONSCARVI C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece e la cantidad de un millón ochocientos ( Bs. 1.800.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le serán entregados al trabajador el día martes 27 de Junio de 2007 a las 11:00 a.m. por ante el tribunal. En este estado el apoderado actor aceptó lo ofrecido libre de presión.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes