REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 26 de abril de 2007
197° y 148°
ASUNTO No. VP01-R-2007-000049
Consta de las actas procesales, que en fecha 19 de marzo de 2007 este Tribunal dictó sentencia declarando parcialmente con lugar la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales intentada por el ciudadano JUAN MARÍA VALERA BAPTISTA frente al CLUB BELLA VISTA, condenando a la demandada a pagar al actor la cantidad de 4 millones 683 mil 304 bolívares con 39 céntimos, por concepto de diferencia en el pago de salario mínimo e indemnizaciones por despido y sustitutiva del preaviso, , más prestación de antigüedad, intereses sobre la indemnización y prestación de antigüedad, intereses moratorios y corrección monetaria, a calcular mediante experticia complementaria del fallo.
Consta igualmente del presente expediente que en fecha 24 de abril de 2007, comparecen ante la UNIDAD DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS de este Circuito Judicial Laboral, el ciudadano JUAN MARÍA VALERA BAPTISTA, parte demandante, asistido por su apoderado judicial Moisés Rosendo, así como el abogado Claudio Barboza Suárez, apoderado judicial de la parte demandada, declarando el actor que recibe en ese acto de manos de la demandada la cantidad de 4 millones 683 mil 304 bolívares con 39 céntimos, que corresponde, según su decir, a la condenatoria contenida en la sentencia dictada por este Juzgado Superior.
De la misma manera, fue consignada fotocopia del cheque recibido por el demandante, suscrito en original como recibido.
En consecuencia, en vista de lo expuesto por las partes, considera este Tribunal que corresponde al Tribunal de la causa en primera instancia, determinar si se ha dado cabal cumplimiento a la condenatoria declarada por este Juzgado en su decisión de fecha 19 de marzo de 2007 y decidir si se otorga el carácter de cosa juzgada al referido pago, como lo han solicitado las partes, por lo que se ordena la remisión del expediente al Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia para que proceda a pronunciarse sobre la homologación solicitada.
El Juez,
Miguel A. Uribe Henríquez.
La Secretaria,
Luisa E. González Palmar
Asunto: VP01-R-2007-000049