JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 18 septiembre de 2006
196° y 147°
Visto el convenimiento celebrado por el ciudadano MIGUEL ANGEL PETIT MADRIZ, parte demandada, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº 4.996.201, en su carácter de Director Gerente de la codemandada Sociedad Mercantil “ ARQDECO, C.A.”, domiciliados en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistido por el Abogado en Ejercicio MARLENE SANTIAGO VERDI, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 83.257, y del mismo domicilio, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, propusiere la Sociedad Mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A., en el expediente signado con el Nº 43.179 de la nomenclatura particular llevada por este Juzgado, todos plenamente identificados en actas, y constatadas como han sido las facultades de los actuantes en el presente convenimiento, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación al convenimiento celebrado en el sentido solicitado, lo pasa en autoridad de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente.. ASI SE DECIDE.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL:
DRA. DILCIA MOLERO REVEROL LA SECRETARIA
ABOG. LORENA FLORES MUÑOZ
|