REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Expediente Número 1616
Vista la diligencia de fecha 28 de septiembre de 2006, suscrita por el ciudadano JEAN CARLOS MELÉNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 88.429, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, parte actora en el juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, en contra del ciudadano FERNANDO JOSÉ GÓMEZ RONDÓN, donde desiste del procedimiento, y una vez homologado le sea devuelto los documentos originales previa certificación en actas.
Ahora bien, visto el desistimiento efectuado por la parte actora, no siendo el mismo contrario a la Ley, al orden público o a las buenas costumbres, este Juzgador, lo encuentra conforme y de acuerdo con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto, lo homologa y le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se declara.
Asimismo se ordena devolver el documento original solicitado, luego de ser certificado en actas.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia de la misma por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los Ordinales 3° y 9° de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 248 del Código de Procedimiento Civil y 1.384 del Código Civil.
Dado, sellado y firmado en la sala del Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los veintiocho (28) días del mes de septiembre de dos mil seis. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
LA JUEZ,
Abog. GLENY HIDALGO ESTREDO.
EL SECRETARIO
Abog. JUAN CARLOS CROES.
En la misma fecha se dictó y publicó la presente resolución siendo las nueve y treinta (9:30) minutos de la mañana y se devolvieron los orinales solicitados previa certificación en actas. EL SECRETARIO.
GHE/jlg
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