REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA Nº 4140

En el día de hoy veintiocho (28) de Septiembre de 2.006, siendo las once y quince minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Sociedad Mercantil MOTOFALCA, ubicada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida de Embargo Preventivo, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO Nº 2. JUEZ UNIPERSONAL Nº 2 con sede en Cabimas. En el Juicio de DIVORCIO ORDINARIO, seguido por la ciudadana MARIA ELIZABETH ZAMBRANO SANABRIA, titular de la cedula de identidad Nº V-13.130.255, en contra del ciudadano ENDER JOSE TORRES RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-14.266.618. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a) Dilia Garces, titular de la cédula de identidad N° 3.828.916, en su condición de Administradora. En este estado presente la ciudadana MARIA ELIZABETH ZAMBRANO SANABRIA, titular de la cedula de identidad Nº V-13.130.255, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.89.417, actuando en su propio nombre y representación, expuso: Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida de embargo preventivo decretada por el juzgado de la causa.