REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA Nº 4098
En el día de hoy veintiuno (21) de Septiembre de 2.006, siendo las diez y cuarenta minutos de la tarde, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa COLEMA, ubicada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida de Embargo Preventivo, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO Nº 2. JUEZ UNIPERSONAL Nº 2 con sede en Cabimas. En el Juicio de OBLIGACION ALIMENTARIA, seguido por la ciudadana NURYS SHUNEY HERNANDEZ BRICEÑO, titular de la cedula de identidad Nº V-12.468.831, en contra del ciudadano ALONSO JOSE HERNANDEZ PADRON, titular de la cedula de identidad Nº V-11.888.570. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a) Daimu Panaga, titular de la cédula de identidad N°13.661.456, en su condición de Control de Materiales. En este estado presente la ciudadana, NURYS SHUNEY HERNANDEZ BRICEÑO, titular de la cedula de identidad Nº V-12.468.831, asistida en este acto por la abogada en ejercicio JAZMIN VILORIA inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.469, Expuso: Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida de embargo preventivo decretada por el juzgado de la causa.