REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
DESPACHO DE MEDIDA Nº 4161
En el día de hoy diecinueve ( 19 ) de Septiembre de 2.006, siendo las once y cincuenta minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la empresa ENSING DE VENEZUELA C.A, ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida de Embargo Preventivo, decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en el juicio de ALIMENTOS, seguido por la ciudadana ARGELIS ALICIA CALLE BRICEÑO, titular de la cedula de identidad Nº 12.863.928 en contra del ciudadano DERVIS JESUS CHACIN DIAZ, titular de la cedula de identidad Nº V-7.870.464. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a) MAXIMO ALVAREZ, titular de la cédula de identidad N° 9.849.574 en su condición de oficial de seguridad.En este estado presente la abogada en ejercicio MAGLEDIS PIRELA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 112.806, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana ARGELIS ALICIA CALLE BRICEÑO, ya identificada, parte demandante, expuso: Solicito al tribunal en nombre de mi representada, se sirva ejecutar la medida preventiva de embargo decretada por el juzgado de la causa.