ACTA
No. EXPEDIENTE: VP01-L-2006-000592
PARTE ACTORA: ERWIN MARIN.
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Abog. MIGDALIA CARRERO DE VILCHEZ
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL ITALCAMBIO C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Abog. MARÍA ELENA MARCANO.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy veinte (20) de septiembre de 2006, siendo las 09:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia de la comparecencia de la ciudadana Abogada MARÍA ELENA MARCANO, quien actúa con el carácter de Apoderada Judicial de la demandada Sociedad Mercantil ITALCAMBIO C.A.
Vista la incomparecencia del demandante ciudadano ERWIN MARIN, suficientemente identificado en las actas, ni por si ni por medio de apoderado, es por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 196° y 147°.
El Juez
Abog. Samuel Santiago Santiago
La Secretaria
La Apoderada de la parte demandada