REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO ZULIA
EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA

Santa Bárbara de Zulia, 10 de Octubre de 2006
196º y 147º

Decisión N° 294 – 2006. Causa N° CO1.675.2002

Vencido como se encuentra el plazo de Noventa (90) días fijado el día 02 de Mayo de 2006, a la Fiscalía Decimasexta del Ministerio Público, de conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, para que concluya la investigación en la causa seguida en contra del ciudadano ROLANDO REEMBERTO FERNANDEZ VILLALOBOS, por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PROPIEDAD, en perjuicio del ciudadano RUBEN MARZAL, sin que el Representante Fiscal haya presentado Acusación, solicitando el Sobreseimiento, como tampoco una Prorroga, este Juzgador, de conformidad a lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el archivo de las actuaciones a favor del ciudadano ROLANDO REEMBERTO FERNANDEZ, en la causa penal N° CO1.675.2002, y el cese de la condición de Imputado, cuya investigación solo podrá ser reabierta, cuando surjan nuevos elementos que lo justifiquen, previa autorización del Juez. Así se decide.
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Decreta el Archivo de las actuaciones que conforman la causa seguida en contra del ciudadano ROLANDO REEMBERTO FERNANDEZ VILLALOBOS, Venezolano, Natural de caño Negro, Vía a Chama, Municipio Colón del Estado Zulia, nacido el día 15.11.1964, de 41 de edad, Pescador, No porta Cédula de identidad, Hijo de ELIO FERNANDEZ y de ISABEL VILLALOBOS, residenciado en el Sector Pampanito, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PROPIEDAD, en perjuicio del ciudadano RUBEN MARZAL, y el cese de la condición de imputado, cuya investigación solo podrá ser reabierta cuando surjan nuevos elementos que lo justifiquen, previa autorización del Juez, todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese a la Fiscalía Decimasexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, solicitándole las actuaciones que contienen la causa penal CO1.657.2002, a los fines de obtener la identificación y dirección de la víctima RUBEN MARZAL, para notificarle del contenido de la presente decisión. Regístrese la presente decisión y notifíquese a las partes. Cúmplase.-

El Juez Primero de Control,


Abg. José Luis Molina Moncada

La Secretaria,


Abg. Lixaida María Fernández Fernández

En la misma fecha y conforme a lo ordenado, se cumple con lo acordado, se registró la presente decisión bajo el N° 294 - 2006 y se Ofició bajo los Nros 1464 y 1465 - 2006.

La Secretaria,

Abg. Lixaida María Fernández Fernández