REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL
Maracaibo 26 de Octubre de 2006
AUDIENCIA ORAL
En el día de hoy, Jueves (26) de Octubre del año dos mil seis (2006), siendo las (04:00) horas de la tarde, encontrándose presente en la Sala del Despacho, el imputado JACKSON JOSÉ FERNÁNDEZ DIAGO, previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, para llevarse a efecto audiencia solicitada por el imputado y su Defensa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 ordinal 6 del Código Orgánico Procesal Penal. Se constituye el Tribunal Duodécimo de Control, por la Dra. YOLEYDA MONTILLA FEREIRA, en su carácter de Juez de Control y la abogada FABIOLA BOSCAN secretaria de este Tribunal. Verificada la presencia de las partes se encuentran el Fiscal 18 del Ministerio Publico Abog: JOSE ANGEL CASTILLO y el imputado JACKSON JOSÉ FERNÁNDEZ DIAGO y su Defensora Abog: ADRIANA OLLARVES. Acto seguido la Juez del Tribunal procede a imponer al imputado JACKSON JOSÉ FERNÁNDEZ DIAGO de sus derechos previstos en los articulo 125 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal y de las Garantías Constitucionales previstas en el artículo 49 Ordinal 5° de nuestra Carta magna, el cual establece sus derechos a no rendir declaración sin que ello constituya perjuicio en su contra y que su declaración es un medio para su defensa y por consiguiente tienen derecho a explicar todo cuanto sirva para desvirtuar el hecho que se les imputa, así como solicitar la practica de diligencias que considere pertinente, informándole cual es el delito que se le imputa a lo cual manifestó quiero declarar lo siguiente:” Yo soy chofer de bus, a lo que llego a Macao, siempre llegamos a las dos, a esa hora voy a almorzar, después que como converso con los chóferes, juego dominio, damas o bolas criollas, es la rutina de uno, y yo no recibo nada, la única que me paga a mi es la dueña del bus, yo no recibo mercancía ni nada, lo mío es manejar y mirar para los lados, yo en verdad no recibo nada de mercancía, dejo el bus y salgo, la que s encarga es la promotora, de anotar y eso. Nosotros llegamos allá y empezaron a registrar la mercancía, yo no recibo nada la que anota es la promotora cuantas cajas cuantos bultos y le cancelan a ella. Ella recibió una mercancía, se llama ZULAY ROMERO, la jefe, ella recibo una mercancía, arrancamos a lo que llegamos al rió limón consiguieron eso allí, y cuando lo encontraron nosotros quedamos sin palabras, eran unos ramos de cambur, guineo, revisaron las mercancía y consiguieron eso, tengo ocho años viajando y nunca me había pasado eso. es todo”. Acto seguido el Fiscal del Ministerio Público procede a interrogar al imputado de autos. primer pregunta: ¿diga UD si la señora Zulay Romero tiene algún papel o función dentro de la línea autobusera en la que labora. Respondió: si tiene, promotora, encargada del bus. Otra: diga usted si recuerda las características de los envoltorios de la droga incautada. Respondió en unos sacos y camuflageadas, venían forradas. Otra diga UD, si tiene conocimiento del lugar donde fueron montadas al autobús que usted conducía los sacos en los cuales venían la dora. Respondió en macao. En la parada, donde estacionamos siempre nosotros. Otra diga usted si tiene conocimiento del propietario de la persona de los sacos u objetos donde fue incautada la droga. Respondió: no, en ese momento cuando me llamaron era para arrancar. Otra: diga usted el cuales son las personas que físicamente montaron la mercancía en el autobús que usted conducía. Respondió: los ayudantes Juan Carlos González y Edgar Montiel. Otra. estuvo usted presente o escucho el momento en el cual la ciudadana Zulay Romero le manifestó a los ayudantes que montaron dichos sacos. Respondió: no, estaba allá. Otra y como afirma es. Respondió: ella siempre dice monten esto, esto y esto. Otra: diga usted a quien pertenece el vehículo y la línea a la cual labora contesto: micro guajira. Otra: diga usted si tiene conocimiento e lugar en que iba a ser entrega y a que persona. Respondió: se entrega en las playitas, los propietarios la retiran después. Cada propietario al día siguiente retira la mercancía. Otra: diga UD. si lleva un control de registro de la mercancía recibida y el destino de la misma? Respondió: eso es una planilla que da la guardia, todo va para el mismo lugar, a un depósito. Seguidamente la defensa procede a interrogar al imputado de autos .primer pregunta: diga usted que función tiene en el auto bus, específicamente? Respondió: conducir, mas nada, hacer las paradas, mas nada. Otra: diga usted si al momento que lo detienen junto con las otras personas usted tenia conocimiento que esa mercancía se encontraba en el autobús (droga). Contesto: no. otra: diga usted si la persona que usted dice se llama Zulay romero, tenia conocimiento de que esa droga se encontraba en el auto bus. Respondió; no. otra: diga usted que funciones tiene los colectores en el autobús? respondió: bajar y subir mercancía y cobrar, subir y bajar pasajeros. Otra: diga usted quien es la persona que autoriza entrar y salir mercancía. Respondió: la promotora Zulay romero. en el mismo acto el ministerio público toma la palabra y expone: estando en tiempo hábil, para interponer solicitud de prorroga para la presentación de acto conclusivo de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, y por cuanto hasta la presente fecha, no han podido ser recabadas la total de las diligencias a practicar por el Ministerio Público tales como la experticia toxicológica, ordenada practicar al cuerpo de investigaciones científicas penales y Criminalísticas, así como la declaración de testimoniales necesarias, aunado al hecho de que la declaración del hoy imputado pudiese conllevar a la realización de nuevas experticias, es por lo que solicito a objeto de determinar la culpabilidad o inculpabilidad de los imputados de autos, se conceda la prorroga de 15 días para la prosecución de la investigación y en consecuencia la presentación del respectivo acto conclusivo, Es todo.” En esta estado finalizada la exposición de las partes, este Tribunal acuerda fijar la audiencia de prorroga para el día Lunes 30 de Octubre de 2006, a las 2:00 horas de la tarde, quedando notificadas las partes presentes y se acuerda oficiar al Departamento de Alguacilazgo a los efectos de efectuar la notificación de las partes ausentes y al centro de arrestos y detenciones preventivas El Marite a los efectos de que se efectué el traslado de los imputados en la referida fecha y hora Se deja constancia que el presente acto concluyo a las (04:22 PM); quedando registrada la presente decisión bajo el Nro. 3080-06 y se libró oficio Nros. _________06, al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite y al Departamento de Alguacilazgo. Es Todo Se terminó, se leyó y conformes firman:
LA JUEZ DUODECIMO DE CONTROL
DRA. YOLEYDA MONTILLA FERREIRA.
EL FISCAL 18 DEL MINISTERIO PÚBLICO,
ABOG: JOSE ANGEL CASTILLO
EL CIUDADANO
JACKSON JOSÉ FERNÁNDEZ DIAGO
ABOGADO PRIVADO
ADRIANA OLLARVES
LA SECRETARIA
ABOG. FABIOLA BOSCAN.
YMF/fcbr
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